lunes, 4 de agosto de 2008

LA LAICIDAD EXPLICADA A LOS NIÑOS




Artículo de Fernando Savater en “El País” del 05.11.05


En 1791, como respuesta a la proclamación por la Convención francesa de los Derechos del Hombre, el Papa Pío VI hizo pública su encíclica Quod aliquantum en la que afirmaba que "no puede imaginarse tontería mayor que tener a todos los hombres por iguales y libres". En 1832, Gregorio XVI reafirmaba esta condena sentenciando en su encíclica Mirari vos que la reivindicación de tal cosa como la "libertad de conciencia" era un error "venenosísimo". En 1864 apareció el Syllabus en el que Pío IX condenaba los principales errores de la modernidad democrática, entre ellos muy especialmente -dale que te pego- la libertad de conciencia. Deseoso de no quedarse atrás en celo inquisitorial, León XIII estableció en su encíclica Libertas de 1888 los males del liberalismo y el socialismo, epígonos indeseables de la nefasta ilustración, señalando que "no es absolutamente lícito invocar, defender, conceder una híbrida libertad de pensamiento, de prensa, de palabra, de enseñanza o de culto, como si fuesen otros tantos derechos que la naturaleza ha concedido al hombre. De hecho, si verdaderamente la naturaleza los hubiera otorgado, sería lícito recusar el dominio de Dios y la libertad humana no podría ser limitada por ley alguna". Y a Pío X le correspondió fulminar la ley francesa de separación entre Iglesia y Estado con su encíclica Vehementer, de 1906, donde puede leerse: "Que sea necesario separar la razón del Estado de la de la Iglesia es una opinión seguramente falsa y más peligrosa que nunca. Porque limita la acción del Estado a la sola felicidad terrena, la cual se coloca como meta principal de la sociedad civil y descuida abiertamente, como cosa extraña al Estado, la meta última de los ciudadanos, que es la beatitud eterna preestablecida para los hombres más allá de los fines de esta breve vida". Hubo que esperar al Concilio Vaticano II y al decreto Dignitatis humanae personae, querido por Pablo VI, para que finalmente se reconociera la libertad de conciencia como una dimensión de la persona contra la cual no valen ni la razón de Estado ni la razón de la Iglesia. "¡Es una auténtica revolución!", exclamó el entonces cardenal Wojtyla.

¿Qué es la laicidad? Es el reconocimiento de la autonomía de lo político y civil respecto a lo religioso, la separación entre la esfera terrenal de aprendizajes, normas y garantías que todos debemos compartir y el ámbito íntimo (aunque públicamente exteriorizable a título particular) de las creencias de cada cual. La liberación es mutua, porque la política se sacude la tentación teocrática pero también las iglesias y los fieles dejan de estar manipulados por gobernantes que tratan de ponerlos a su servicio, cosa que desde Napoleón y su Concordato con la Santa Sede no ha dejado puntualmente de ocurrir, así como cesan de temer persecuciones contra su culto, tristemente conocidas en muchos países totalitarios. Por eso no tienen fundamento los temores de cierto prelado español que hace poco alertaba ante la amenaza en nuestro país de un "Estado ateo". Que pueda darse en algún sitio un Estado ateo sería tan raro como que apareciese un Estado geómetra o melancólico: pero si lo que teme monseñor es que aparezcan gobernantes que se inmiscuyan en cuestiones estrictamente religiosas para prohibirlas u hostigar a los creyentes, hará bien en apoyar con entusiasmo la laicidad de nuestras instituciones, que excluye precisamente tales comportamientos no menos que la sumisión de las leyes a los dictados de la Conferencia Episcopal. No sería el primer creyente y practicante religioso partidario del laicismo, pues abundan hoy como también los hubo ayer: recordemos por ejemplo a Ferdinand Buisson, colaborador de Jules Ferry y promotor de la escuela laica (obtuvo el premio Nobel de la paz en 1927), que fue un ferviente protestante.

En España, algunos tienen inquina al término "laicidad" (o aún peor, "laicismo") y sostienen que nuestro país es constitucionamente "aconfesional" -eso puede pasar- pero no laico. Como ocurre con otras disputas semánticas (la que ahora rodea al término "nación", por ejemplo) lo importante es lo que cada cual espera obtener mediante un nombre u otro. Según lo interpretan algunos, un Estado no confesional es un Estado que no tiene una única devoción religiosa sino que tiene muchas, todas las que le pidan. Es multiconfesional, partidario de una especie de teocracia politeista que apoya y favorece las creencias estadísticamente más representadas entre su población o más combativas en la calle. De modo que sostendrá en la escuela pública todo tipo de catecismos y santificará institucionalmente las fiestas de iglesias surtidas. Es una interpretación que resulta por lo menos abusiva, sobre todo en lo que respecta a la enseñanza. Como ha avisado Claudio Magris (en "Laicità e religione", incluido en el volumen colectivo Le ragioni dei laici, ed. Laterza), "en nombre del deseo de los padres de hacer estudiar a sus hijos en la escuela que se reclame de sus principios -religiosos, políticos y morales- surgirán escuelas inspiradas por variadas charlatanerías ocultistas que cada vez se difunden más, por sectas caprichosas e ideologías de cualquier tipo. Habrá quizá padres racistas, nazis o estalinistas que pretenderán educar a sus hijos -a nuestras expensas- en el culto de su Moloch o que pedirán que no se sienten junto a extranjeros...". Debe recordarse que la enseñanza no es sólo un asunto que incumba al alumno y su familia, sino que tiene efectos públicos por muy privado que sea el centro en que se imparta. Una cosa es la instrucción religiosa o ideológica que cada cual pueda dar a sus vástagos siempre que no vaya contra leyes y principios constitucionales, otra el contenido del temario escolar que el Estado debe garantizar con su presupuesto que se enseñe a todos los niños y adolescentes. Si en otros campos, como el mencionado de las festividades, hay que manejarse flexiblemente entre lo tradicional, lo cultural y lo legalmente instituido, en el terreno escolar hay que ser preciso estableciendo las demarcaciones y distinguiendo entre los centros escolares (que pueden ser públicos, concertados o privados) y la enseñanza misma ofrecida en cualquiera de ellos, cuyo contenido de interés público debe estar siempre asegurado y garantizado para todos. En esto consiste precisamente la laicidad y no en otra cosa más oscura o temible.

Algunos partidarios a ultranza de la religión como asignatura en la escuela han iniciado una cruzada contra la enseñanza de una moral cívica o formación ciudadana. Al oírles parece que los valores de los padres, cualesquiera que sean, han de resultar sagrados mientras que los de la sociedad democrática no pueden explicarse sin incurrir en una manipulación de las mentes poco menos que totalitaria. Por supuesto, la objeción de que educar para la ciudadanía lleva a un adoctrinamiento neofranquista es tan profunda y digna de estudio como la de quienes aseguran que la educación sexual desemboca en la corrupción de menores. Como además ambas críticas suelen venir de las mismas personas, podemos comprenderlas mejor. En cualquier caso, la actitud laica rechaza cualquier planteamiento incontrovertible de valores políticos o sociales: el ilustrado Condorcet llegó a decir que ni siquiera los derechos humanos pueden enseñarse como si estuviesen escritos en unas tablas descendidas de los cielos. Pero es importante que en la escuela pública no falte la elucidación seguida de debate sobre las normas y objetivos fundamentales que persigue nuestra convivencia democrática, precisamente porque se basan en legitimaciones racionales y deben someterse a consideraciones históricas. Los valores no dejan de serlo y de exigir respeto aunque no aspiren a un carácter absoluto ni se refuercen con castigos o premios sobrenaturales... Y es indispensable hacerlo comprender.

Sin embargo, el laicismo va más allá de proponer una cierta solución a la cuestión de las relaciones entre la Iglesia (o las iglesias) y el Estado. Es una determinada forma de entender la política democrática y también una doctrina de la libertad civil. Consiste en afirmar la condición igual de todos los miembros de la sociedad, definidos exclusivamente por su capacidad similar de participar en la formación y expresión de la voluntad general y cuyas características no políticas (religiosas, étnicas, sexuales, genealógicas, etc...) no deben ser en principio tomadas en consideración por el Estado. De modo que, en puridad, el laicismo va unido a una visión republicana del gobierno: puede haber repúblicas teocráticas, como la iraní, pero no hay monarquías realmente laicas (aunque no todas conviertan al monarca en cabeza de la iglesia nacional, como la inglesa). Y por supuesto la perspectiva laica choca con la concepción nacionalista, porque desde su punto de vista no hay nación de naciones ni Estado de pueblos sino nación de ciudadanos, iguales en derechos y obligaciones fundamentales más allá de cuál sea su lugar de nacimiento o residencia. La justificada oposición a las pretensiones de los nacionalistas que aspiran a disgregar el país o, más frecuentemente, a ocupar dentro de él una posición de privilegio asimétrico se basa -desde el punto de vista laico- no en la amenaza que suponen para la unidad de España como entidad trascendental, sino en que implican la ruptura de la unidad y homogeneidad legal del Estado de Derecho. No es lo mismo ser culturalmente distintos que políticamente desiguales. Pues bien, quizá entre nosotros llevar el laicismo a sus últimas consecuencias tan siquiera teóricas sea asunto difícil: pero no deja de ser chocante que mientras los laicos "monárquicos" aceptan serlo por prudencia conservadora, los nacionalistas que se dicen laicos paradójica (y desde luego injustificadamente) creen representar un ímpetu progresista...

En todo caso, la época no parece favorable a la laicidad. Las novelas de más éxito tratan de evangelios apócrifos, profecías milenaristas, sábanas y sepulcros milagrosos, templarios -¡muchos templarios!- y batallas de ángeles contra demonios. Vaya por Dios, con perdón: qué lata. En cuanto a la (mal) llamada alianza de civilizaciones, en cuanto se reúnen los expertos para planearla resulta que la mayoría son curas de uno u otro modelo. Francamente, si no son los clérigos lo que más me interesa de mi cultura, no alcanzo a ver por qué van a ser lo que me resulte más apasionante de las demás. A no ser, claro, que también seamos "asimétricos" en esta cuestión... Hace un par de años, coincidí en un debate en París con el ex secretario de la ONU Butros Gali. Sostuvo ante mi asombro la gran importancia de la astrología en el Egipto actual, que los europeos no valoramos suficientemente. Respetuosamente, señalé que la astrología es tan pintoresca como falsa en todas partes, igual en El Cairo que en Estocolmo o Caracas. Butros Gali me informó de que precisamente esa opinión constituye un prejuicio eurocéntrico. No pude por menos de compadecer a los africanos que dependen de la astrología mientras otros continentes apuestan por la nanotecnología o la biogenética. Quizá el primer mandamiento de la laicidad consista en romper la idolatría culturalista y fomentar el espíritu crítico respecto a las tradiciones propias y ajenas. Podría formularse con aquellas palabras de Santayana: "No hay tiranía peor que la de una conciencia retrógrada o fanática que oprime a un mundo que no entiende en nombre de otro mundo que es inexistente".

Fernando Savater es catedrático de Filosofía de la Universidad Complutense de Madrid.

LECTURA CRÍTICA DEL MANIFESTO DEL PSOE.


1º. Conviene reconocer desde el principio que es bueno poder contar con textos como éste en el que aparece manifiestamente el pensamiento de quienes tienen especial responsabilidad en la vida pública. Esta es la forma de poner en claro las ideas de cada uno y de facilitar un debate público, serio y objetivo.

2º. El Manifiesto organiza su argumentación en torno al concepto de laicidad. Lo primero que llama la atención es que a lo largo del texto no se encuentra ninguna definición de este concepto. La lectura atenta del mismo deja la impresión de que se confunde laicidad con laicismo. En todo caso, para avanzar en el diálogo tendríamos que ponernos de acuerdo en el significado de cada una de estas dos palabras. Para los católicos, normalmente, laicidad del Estado y de las instituciones políticas significa neutralidad ante las diferentes preferencias religiosas de los ciudadanos. El Estado reconoce el derecho a la libertad religiosa de los ciudadanos y favorece su ejercicio, sin hacer suya ninguna religión en concreto ni discriminar a ningún grupo por razones religiosas. Entendida así, laicidad equivale a lo que podríamos llamar neutralidad religiosa positiva. Este concepto de laicidad ha sido expresamente aceptado por el magisterio reciente de la Iglesia y forma parte de la visión de la democracia hoy dominante en los ambientes católicos. En cambio, cuando hablamos de laicismo entendemos aquella actitud por la que el Estado no reconoce la vida religiosa de los ciudadanos como un bien positivo que forma parte del bien común de los ciudadanos, que debe ser protegido por los poderes públicos, sino que la considera más bien como una actividad peligrosa para la convivencia, que debe por tanto ser ignorada, marginada y aun políticamente reprimida.

3º. Si estos conceptos se aclarasen, podríamos estar de acuerdo en que la laicidad, rectamente entendida y ejercida, es garantía de libertad, igualdad y convivencia. La confusión de conceptos aparece cuando se recurre a un ”minimo común ético constitucionalmente consagrado”, que se presenta como fruto de la voluntad y soberanía de la ciudadanía, al que se atribuye un valor supremo y definitivo, sin sujeción a “ningún orden preestablecido de rango superior”. Lo sorprendente es que, cuando se quiere describir este “mínimo común ético”, no se hace a partir del texto constitucional ni de las convicciones o ideales morales de los ciudadanos que, en ejercicio de su soberanía, lo elaboraron, aprobaron y promulgaron, sino que es presentado en nombre de una concepción ideológica y laicista sobreañadida al texto constitucional e impuesta gratuitamente al conjunto de la población.

4º. A mi juicio, el defecto del raciocinio aparece cuando se intenta explicar la visión de conjunto. Los autores del Manifiesto quieren resolver el problema que la pluralidad cultural de los ciudadanos puede suponer para la convivencia. No hay duda de que es un fin bueno e importante. El error está, a mi juicio, en que, en vez de entender el ejercicio de la autoridad como un servicio al bien común de los ciudadanos, incluido el ejercicio de la libertad religiosa según sus convicciones religiosas y morales, se da por supuesto que las religiones no pueden proporcionar un conjunto de convicciones morales comunes capaces de fundamentar la convivencia en la pluralidad, sino que son más bien fuente de intolerancia y de dificultades para la pacífica convivencia. Por lo cual, para evitar los conflictos previsibles, es preciso recluirlas a la vida privada y sustituirlas en el orden de lo social y de lo público por un conjunto de valores denominados “señas de identidad del Estado Social y de Derecho Democrático”, sin referencia religiosa alguna, impuestos desde el poder político, a los que se concede el valor de última referencia moral en la vida pública. En este contexto, descartadas las convicciones religiosas y morales de los ciudadanos como inspiradoras de la convivencia, corresponde al poder político configurar la nueva conciencia de los ciudadanos en sustitución de su conciencia religiosa y moral., por lo menos en lo concerniente a la vida social y política.

5º. En esta manera de razonar se oculta una visión empobrecida y desfigurada de la religión. Se da por supuesto que la conciencia moral fundada en la religión no es capaz de fomentar la convivencia en la pluralidad, por lo que la diferencia de religiones se ve como un peligro para la convivencia democrática. Nosotros pensamos que, al menos en lo que se refiere a la religión cristiana y católica, esta manera de ver las cosas no responde a la realidad y resulta objetivamente ofensiva. Los católicos entendemos las cosas de otra manera. Basta leer algunos documentos del Concilio Vaticano II, algún resumen reciente de la Doctrina Social de la Iglesia o los documentos pertinentes de la Conferencia Episcopal Española. En el proceso político la realidad original son los ciudadanos, como sujetos libres, a la vez personales y sociales. Son ellos quienes libremente y según su manera de entender las cosas, se dan unas normas para regular su convivencia. Ellos construyen un sistema de convivencia según sus propias convicciones, culturales, religiosas, sociales y morales, como fruto de su voluntad de convivencia, que queda garantizada por las leyes y en último término por la conciencia moral de los ciudadanos y de los gobernantes. En consecuencia, quienes administran los bienes comunes y protegen el bien común de la convivencia tienen que interpretar los textos jurídicos y ejercer el poder de acuerdo con los textos aprobados, y en último término con las convicciones y los intereses de los ciudadanos que organizaron la convivencia para el bien de todos. No hay ninguna necesidad de que los poderes políticos impongan otro código moral ideológico, ajeno a los ciudadanos, por lo menos a buena parte de ellos, en sustitución de sus convicciones religiosas y morales, puesto que son estas mismas convicciones las que respaldan y garantizan el sentido vinculante de las normas comunes de convivencia. Quien conozca de cerca la versión actual de la moral social de la Iglesia, verá fácilmente que los cristianos no necesitamos prescindir de nuestra fe y nuestros criterios morales para tener un sentido tolerante y democrático de la convivencia. La proyección del amor al prójimo, norma suprema de nuestra conducta moral, al campo de las realidades políticas, es base suficiente y firme para fundamentar las necesarias actitudes de justicia, tolerancia y solidaridad. La dimensión social y política de la fe y de la caridad es esencial para nosotros. La fe en Dios descubre unas dimensiones nuevas de la vida personal y suscita un ideal de vida que abarca la totalidad de la vida personal, en su realidad más íntima, en las relaciones interpersonales y en toda clase de actuaciones. Es más, la veracidad del amor a Dios se comprueba por la sinceridad y efectividad del amor al prójimo.

7º. Esta proyección social y política de la fe y de la caridad es capaz de sustentar un orden democrático de convivencia en una sociedad libre y pluralista, con tal de que las religiones, asumidas libremente por los ciudadanos, adopten entre sí una posición respetuosa y tolerante y sean capaces de ampliar estas mismas actitudes hacia los sectores laicos no religiosos. Así es como nos situamos los cristianos. Por eso no podemos aceptar como justo el intento de recluir nuestras convicciones religiosas al ámbito de la vida privada, para imponernos como base y condición para la convivencia democrática unos valores y una interpretación de los textos constitucionales que eliminan nuestra visión religiosa de la vida y la manera de entender el bien común de quienes formamos parte de la sociedad. La convivencia en una sociedad religiosa y culturalmente plural no necesita un apoyo exterior a las religiones, impuesto autoritariamente desde fuera, basta con que los ciudadanos encuentren en sus respectivas conciencias religiosas fundamentos eficaces para el respeto a la libertad de los demás, actitudes claras y abiertas de tolerancia y colaboración. Según esta manera de ver las cosas, la laicidad del Estado consistirá en que el poder político respete y favorezca por igual el desarrollo de cada religión y de la visión laica de la vida, de forma proporcionada a su implantación y significación social, sin discriminar ni privilegiar a ninguna de ellas, dejando que cada grupo viva tranquilo según sus propias convicciones y valores. Si hay dificultades para fundamentar la convivencia, los poderes políticos tendrán que exigir a los líderes y responsables de cada grupo el desarrollo de esta conciencia de convivencia y tolerancia entre sus miembros. Lógicamente esto supone que tanto los ciudadanos religiosos como los laicos quieran convivir pacíficamente, supone también que las religiones sean capaces de desarrollar unos criterios morales capaces de fundamentar la convivencia con otras religiones y con los que no tienen ninguna religión. Como requiere también que los laicos reconozcan a la religión en general y a cada una de las religiones presentes, como elementos positivos de la convivencia. sin alimentar sospechas ni reticencias respecto de su capacidad de fundamentar un comportamiento tolerante y democrático. Desde el año 1971 la Iglesia española ha seguido en este punto un itinerario intachable. Si en la nueva situación de pluralismo religioso incipiente, favorecido por el crecimiento de la inmigración en estos últimos años, aparecen dificultades, tendremos que hacer todos, autóctonos y recién llegados, un esfuerzo de adaptación a la nueva situación.

8º. Es posible que los autores del Manifiesto piensen de otra manera y tengan la convicción de que las ideas religiosas son incapaces de fundamentar un comportamiento social aceptable. Tal manera de pensar se manifiesta cuando dicen, p.e., que sin la laicidad no hubieran podido ser consideradas como delitos algunas prácticas rechazables, como la ablación o la violencia familiar. Así se explica también que el texto entienda el concepto de laicidad como un verdadero laicismo, que no se conforma con la neutralidad religiosa del Estado, sino que lleva a desplazar las ideas religiosas y sustituirlas por otros valores sin referencia religiosa alguna. Estos valores, entendidos de manera absoluta, sin referencia a un orden moral objetivo, pueden ser interpretados como convenga en cada caso, hasta reconocer como verdaderos derechos algunas prácticas incompatibles con principios morales fundados en la recta razón y recogidos en la Constitución, tal es el caso, p.e., de la legitimación del aborto, la producción y destrucción de embriones humanos con fines interesados, el reconocimiento de los pactos de convivencia entre personas del mismo sexo como verdadero matrimonio, etc. Tales cosas no son fruto de la laicidad sino de la supresión de criterios verdaderamente morales en el ordenamiento de la vida pública y en el ejercicio de la autoridad. El futuro no está en un laicismo obligatorio, sino en el diálogo honesto y sincero de las religiones entre sí y con los sectores laicos.


9º. El protagonismo reconocido en el Manifiesto a los valores laicos de ciudadanía y convivencia, no solamente desplaza la influencia ética de las religiones, sino que se impone incluso sobre el sentido más obvio del texto constitucional. Varias expresiones del Manifiesto hacen pensar que sus autores argumentan más desde una ideología laicista, previa al texto constitucional, que a partir del texto objetivo de la Constitución de 1978. De otro modo no se explica la innecesaria equiparación de la Constitución de 1931 con la de 1978 como muestra de la “más alta plasmación” de la vida democrática del pueblo español. Da la impresión de que se quiere presentar la Constitución de 1931 como complemento y referencia interpretativa de la Constitución actualmente vigente. ¿Es que el ejercicio de la soberanía de la nación española que sustenta el texto constitucional de 1978 no fue suficiente? ¿No fue, al menos, tan pleno y eficaz como el de 1931? En el Manifiesto se presenta la laicidad como un principio esencial de la Constitución actual, pero este término no aparece en el texto constitucional, aunque sí esté presente esta idea con expresiones equivalentes. Se pretende definir las relaciones de las instituciones políticas con las religiones y con la Iglesia católica sin hacer la menor referencia al art. 16 de la Constitución vigente. Y se quiere también describir la naturaleza y la función social de la educación sin tener en cuenta ni aludir siquiera al art. 27 de nuestra Constitución.

10º. Finalmente, el ritmo y la estructura del texto hace pensar que está elaborado para justificar la existencia y la imposición de la nueva asignatura “Educación para ciudadanía”. Se dice que los poderes políticos tienen que contribuir a formar las conciencias de acuerdo con el “mínimo común ético constitucional”. Reconocer al poder político como legítimo formador de las conciencias de los ciudadanos puede ser una afirmación peligrosa. El recurso a ese mínimo ético constitucional implica algo que no se dice, que es la interpretación de los contenidos éticos que el poder político quiera hacer. El poder político tiene que respetar nuestras convicciones religiosas y morales y no puede obligarnos a someter nuestra conciencia a los criterios morales del gobierno o de las instituciones políticas. El texto afirma que el sistema educativo constitucional no prevé una “educación neutral”, sino que intenta “trasmitir y promocionar” el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades necesarios para consolidar el régimen constitucional y la convivencia de todos. Contra esta manera de pensar decimos que “los principios democráticos de convivencia” nacen de las convicciones morales de los ciudadanos que inspiraron el texto de la Constitución. En consecuencia estos principios sobre los que se apoya la convivencia no pueden ser interpretados por el poder político desde otros principios añadidos y sobrepuestos al texto constitucional, sino que deben ser interpretados respetando las convicciones religiosas y morales de los ciudadanos y la consecuente y primaria responsabilidad educativa de los padres (artículos 16 y 27, 2 y 6).

11º. Este rápido análisis muestra que el debate entre laicistas y cristianos no es un debate banal, sino que afecta a graves cuestiones de antropología como la concepción de la libertad, el origen de los principios morales y en último lugar la existencia o no existencia de un Principio superior, que se hace presente en la historia humana, y que es a la vez autor de la vida y fundamento de la libertad y de la conciencia del hombre. Esto es precisamente lo que los cristianos reconocemos, con una inmensa gratitud, en Jesucristo, aceptado y adorado como Hijo de Dios hecho hombre, muerto y resucitado, Señor y Salvador del mundo y de la historia. A pesar de todo los católicos pensamos que laicos o laicistas y católicos podemos convivir pacíficamente, como podemos también convivir fieles de distintas religiones, a partir del respeto a los derechos y obligaciones fundamentales derivados del reconocimiento del valor absoluto de la persona en una sociedad de hombres libres. Esta convivencia requiere un conjunto de convicciones comunes respetadas por todos, clarificado y enriquecido mediante el diálogo constante, sin necesidad de excluir las ideas religiosas del patrimonio cultural y social de la sociedad en la cual estamos todos integrados. Los ciudadanos católicos podemos decir a un gobierno realmente laico: déjennos ser católicos con todas las consecuencias, más todavía, ayúdennos a ser buenos católicos, porque de nuestra catolicidad nacen para nosotros los fundamentos de una sólida ciudadanía, abierta y sincera que estamos dispuestos a compartir con los demás grupos en un esfuerzo constante por construir y actualizar un patrimonio común respetuoso con las convicciones de todos.

12º. En resumen, el Manifiesto con el que los socialistas han querido conmemorar el XXVIIIº aniversario de la Constitución nos ofrece la posibilidad de un diálogo riguroso y sereno. Por el momento, con los debidos respetos, no me parece un texto bien elaborado, contiene confusiones importantes y esconde una concepción de la vida política injusta con la religión y excesivamente autoritaria. Un texto, además, que con apariencias laudatorias desplaza el valor y el verdadero sentido de la Constitución. Me gustaría que alguien me convenciera de lo contrario.

Pamplona, 11 de agosto de 2008



+ Fernando Sebastián Aguilar
Arzpo. Pamplona, Obpo. Tudela

Manifiesto del Psoe con motivo del XXVIII Aniversario de la Constitución.



CONSTITUCIÓN, LAICIDAD Y EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA

Manifiesto del PSOE con motivo del XXVIII aniversario de la
Constitución.


En el año 2006 España conmemora el XXVIII Aniversario de la Constitución de 1978 que, junto a la Constitución de 1931, representa la más alta plasmación en la historia del pueblo español de su voluntad de vivir en un régimen democrático. Se trata, como cada año, de un acontecimiento que debe llenar de orgullo y satisfacción a los españoles pues, no en vano, tras la quiebra del régimen republicano y con él, de la legitimidad democrática, el vivido desde la promulgación de la Constitución del 78, ha sido el único período constitucional de normalidad democrática y estabilidad política.

La nuestra es una Norma Fundamental cuya elaboración estuvo presidida por la voluntad de consenso, concordia y generosidad de todas las fuerzas políticas llamadas a representar a los ciudadanos en el año 1977 y, en cuya aprobación, jugó un papel esencial el entusiasmo de un pueblo, el español, ávido de libertad y emocracia.

La Constitución de 1978 es una norma básica que garantiza el ejercicio en igualdad del amplio catálogo de derechos y libertades atribuido a los ciudadanos y que diseña un marco para la convivencia en paz asegurando la cohesión y la estabilidad política, social y económica del país.

Como pone de manifiesto el actual proceso de renovación de nuestro Estado autonómico, en dicho marco de convivencia diseñado por la Norma Fundamental española tiene cabida la articulación de la diversidad territorial que caracteriza a la España plural. Pero, además de dicha diversidad territorial, nuestra Norma básica sienta las bases para el desarrollo de otro tipo de diversidad: el que deriva del libre y plural ejercicio del derecho de libertad de conciencia de todos sus ciudadanos. En un momento como el actual, en el que el fenómeno migratorio está convirtiendo a la sociedad española en una sociedad multicultural, es preciso recordar y reafirmar el valor de un principio constitucional, el de Laicidad, cuya vigencia es esencial para que nos hallemos en grado de revalidar los ya veintiocho años de convivencia en libertad que han conducido a España a un estatus de progreso y estabilidad sin precedentes. Y ello porque la Laicidad se configura como un marco idóneo y una garantía de la libertad de conciencia donde tienen cabida todas las personas con independencia de sus ideas, creencias o convicciones y de su condición personal o social, siendo por ello requisito para la libertad y la igualdad.

Los fundamentalismos monoteístas o religiosos siembran fronteras entre los ciudadanos. La laicidad es el espacio de Integración. Sin laicidad no habrían nuevos derechos de ciudadanía, serían delitos civiles algunas libertades como la interrupción voluntaria del embarazo, el matrimonio entre personas del mismo sexo, … y dejarían de ser delitos el maltrato a la mujer, la ablación o la discriminación por razón de sexo. Sin laicidad sería difícil evitar la proliferación de conductas nada acordes con la formación de conciencias libres y críticas y con el cultivo de las virtudes cívicas.

Desde la laicidad se garantiza la convivencia de culturas, ideas y religiones sin subordinaciones ni preeminencia de creencias, sin imposiciones, sin mediatizar la voluntad ciudadana, sin subordinar la acción política de las Instituciones del Estado Social y Democrático de Derecho a ningún credo o jerarquía religiosa. La Laicidad es garantía para desarrollar los derechos de ciudadanía ya que el Estado Democrático y la Ley, así como la soberanía, no obedecen a ningún orden preestablecido de rango superior,pues la única voluntad y soberanía es la de la ciudadanía.

Creemos que el respeto a todas las opciones que suscita la vida personal y social, el respeto de la discrepancia y de la diferencia y la apreciación de la riqueza de la diversidad de concepciones y valoraciones son pilares esenciales del entendimiento democrático. Sin embargo, el cultivo del derecho de libertad de conciencia y la autonomía moral, ideológica o religiosa de los individuos, debe conciliarse con la potenciación del mínimo común ético constitucionalmente consagrado integrado por el conjunto de valores que constituyen las señas de identidad del Estado Social y Democrático de Derecho: igualdad, libertad, justicia, pluralismo,dignidad de la persona y derechos fundamentales.

En una sociedad cada vez más plural en la que se hallan en circulación pluralidad de códigos éticos, fruto, entre otros factores, de la generalización de los movimientos migratorios, uno de los desafíos más importantes que se plantean a los poderes públicos tras veintiocho años de vigencia constitucional, es contribuir a la formación de “conciencias libres, activas y comprometidas” con el “mínimo común ético constitucional”, esto es, con el patrimonio común de valores institucionalmente consagrado.

Y es en dicho marco donde el legislador democrático ha asumido la parte de responsabilidad que le corresponde incluyendo en la nueva Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la asignatura Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, una materia que trata de dar cumplimiento al mandato constitucional de promocionar los valores que integran lo que el ilustre constitucionalista Francisco Tomás y Valiente dio en llamar “ideario educativo constitucional” recogido en el artículo 27.2 de la Norma Suprema. La Constitución española del 78 no diseña una enseñanza valorativamente neutral sino que hace pivotar el sistema educativo sobre el deber de trasmitir y promocionar el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales como el modo más adecuado para consolidar y perpetuar la vigencia del propio régimen constitucional y la convivencia de todos.

En el vigésimo octavo aniversario de la Constitución española de 1978, los socialistas queremos manifestar nuestro compromiso con el fomento inobjetable de la ciudadanía como eje de la democracia y por ello nos congratulamos de la creación de una nueva materia curricular que no hará sino fortalecer dicho valor.

EROSKI