Mostrando entradas con la etiqueta Derechos Humanos. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Derechos Humanos. Mostrar todas las entradas

sábado, 28 de febrero de 2009

EL DESARROLLO RURAL, MOTOR DE JUSTICIA ENTRE LAS NACIONES.



ZS09022008 - 20-02-2009
Permalink: http://www.zenit.org/article-30264?l=spanish

Benedicto XVI: “el desarrollo rural, motor de justicia entre las naciones”


Audiencia a los miembros del Fondo Internacional para el Desarrollo Agrícola (IFAD)




CIUDAD DEL VATICANO, viernes 20 de febrero de 2009 (ZENIT.org).- Ofrecemos a continuación la intervención íntegra del Papa al recibir hoy en audiencia a los participantes en la Sesión del Consejo de Gobernación del Fondo Internacional para el Desarrollo Agrícola (IFAD), con ocasión del 30 aniversario de su fundación.


******

Señor presidente del Consejo de Gobierno,

Gobernadores, Representantes Permanentes de los Estados Miembros,

Funcionarios del IFAD,

Señoras y señores,

Me es grato tener esta oportunidad de recibirles en la conclusión de las celebraciones con motivo del trigésimo aniversario del establecimiento de la Fundación Internacional para el Desarrollo Agrícola (IFAD). Agradezco al presidente saliente, señor Lennart Båge, por sus amables palabras y ofrezco mis congratulaciones y buenos deseos al señor Kanayo Nwanze por su elección para este alto puesto. Les agradezco a todos que hayan venido aquí hoy y les aseguro mis oraciones por el importante trabajo que ustedes realizan para promover el desarrollo rural. Su trabajo es particularmente crucial en el tiempo presente, ante los dañinos efectos sobre la seguridad alimentaria ante la actual inestabilidad de los precios de los productos agrícolas. Esto requiere nuevas estrategias a largo plazo para luchar contra la pobreza rural y para promover el desarrollo rural. Como ustedes saben, la Santa Sede comparte totalmente su compromiso de superar la pobreza y el hambre, y de salir en ayuda de los pueblos más pobres del mundo. Rezo para que la celebración del aniversario de la IFAD suponga para ustedes un incentivo para perseguir estos importantes objetivos con renovada energía y determinación en los próximos años.

Desde sus primeros días, la Fundación Internacional ha alcanzado una forma ejemplar de cooperación y corresponsabilidad entre naciones con diferentes grados de desarrollo. Cuando los países ricos y los que están en vías de desarrollo consiguen unirse para tomar decisiones conjuntas y para determinar criterios específicos para la contribución de cada país al presupuesto de la Fundación, se puede verdaderamente afirmar que los diferentes estados miembros actúan como iguales, expresando su solidaridad unos con otros y su compromiso compartido de erradicar la pobreza y el hambre. En un mundo cada vez más interdependiente, un proceso de toma conjunta de decisiones de este tipo es esencial si se quieren conducir los asuntos internacionales con equidad y visión de futuro.

Igualmente recomendable es el énfasis puesto por la IFAD en promover las oportunidades de empleo en las comunidades rurales, en vista de capacitarlas, a largo plazo, para ser independientes de la ayuda del exterior. La asistencia dada a los productores locales sirve para construir la economía y contribuye al desarrollo global de la nación implicada. En este sentido los proyectos de “créditos rurales”, destinados a ayudar a pequeños granjeros y trabajadores agrícolas sin tierra en propiedad, pueden relanzar la economía global y proporcionar mayor seguridad alimentaria para todos. Estos proyectos ayudan también a las comunidades indígenas a florecer en su propio suelo, y a vivir en armonía con sus culturas tradicionales, en lugar de verse forzadas a desarraigarse para buscar empleo en las ciudades masificadas, llenas de problemas sociales, donde a menudo tienen que soportar miserables condiciones de vida.

Este enfoque tiene el mérito de restablecer al sector agrícola en el lugar que le corresponde dentro de la economía y del tejido social de las naciones en vías de desarrollo. Aquí las organizaciones no gubernamentales pueden hacer una valiosa contribución, algunas de las cuales tienen lazos estrechos con la Iglesia católica y están comprometidas en la aplicación de su doctrina social. El principio de subsidiariedad requiere que cada grupo en la sociedad sea libre de hacer su propia contribución al bien común general. Demasiado frecuentemente, los trabajadores agrícolas de las naciones en vías de desarrollo ven negada esta oportunidad, cuando su trabajo es explotado con codicia y su producción se desvía hacia mercados distantes, con poco o ningún beneficio para la propia comunidad local.

Hace cincuenta años aproximadamente, mi predecesor el Beato Juan XXIII decía esto sobre la tarea de labrar la tierra: "Los que viven en la tierra no puede dejar de apreciar la nobleza de la labor que están llamados a hacer. Viven en total armonía con la Naturaleza -el majestuoso templo de la Creación... El suyo es un trabajo que lleva dentro su propia dignidad” (Mater et Magistra, 130-131). Todo el trabajo humano es una participación en la providencia creadora del Dios Todopoderoso, pero el trabajo agrícola tiene en este sentido un lugar preeminente. Una sociedad verdaderamente humana siempre sabrá cómo apreciar y remunerar apropiadamente la contribución hecha por el sector agrícola. Si es apoyado y equipado adecuadamente, tiene potencial de sacar a una nación de la pobreza y de poner los fundamentos de una creciente prosperidad.

Señoras y señores, mientras damos las gracias por los logros de los pasados treinta años, es necesaria una renovada determinación de actuar en armonía y solidaridad con todos los diferentes elementos de la familia humana de cara a asegurar un equitativo acceso a los recursos de la tierra ahora y en el futuro. La motivación para actuar de esta forma procede del amor: amor por los pobres , amor que no puede tolerar la injusticia o la deprivación, amor que rechaza el descanso hasta que la pobreza y el hambre desaparezcan de en medio de nosotros. Los objetivos de erradicar la pobreza extrema y el hambre, así como promover la seguridad alimentaria y el desarrollo rural, lejos de ser demasiado ambiciosos o irreales, se convierten, en este contexto, en imperativos vinculantes para toda la comunidad internacional. Rezo fervientemente para que las actividades de organizaciones como la suya continúen contribuyendo significativamente para la consecución de estos objetivos. Al agradecerles y animarles a perseverar en el buen trabajo que realizan, les encomiendo al constante cuidado de nuestro Padre amoroso, Creador del Cielo y la Tierra y todo cuanto contienen. ¡Que Dios les bendiga!

BENEDICTO XVI: NUEVAS FRONTERAS DE LA GENÉTICA Y RIESGO DE EUGENESIA.


ZS09022301 - 23-02-2009
Permalink: http://www.zenit.org/article-30289?l=spanish

Benedicto XVI: Nuevas fronteras de la genética y riesgo de eugenesia


Discurso a la Academia Pontificia para la Vida




CIUDAD DEL VATICANO, lunes, 23 febrero 2009 (ZENIT.org).- Publicamos el discurso que dirigió Benedicto XVI este lunes a los participantes en el congreso científico internacional "Las nuevas fronteras de la genética y el riesgo de la eugenesia" organizado por la Academia Pontificia para la Vida con motivo de su XV asamblea general.


* * *






Señores cardenales,

venerados hermanos en el episcopado y en el sacerdocio,

ilustres académicos,

señoras y señores:

Es para mí un placer recibiros con motivo de la XV asamblea ordinaria de la Academia Pontificia para la Vida. En 1994, mi venerado predecesor, el Papa Juan Pablo II la instituía bajo la presidencia de un científico, el profesor Jerôme Lejeune, interpretando con amplias miras la delicada tarea que debería desempeñar con el pasar de los años. Doy las gracias al presidente, monseñor Rino Fisichella, por las palabras con las que ha introducido este encuentro, confirmando el gran compromiso de la Academia a favor de la promoción y defensa de la vida humana.

Desde que a mediados del siglo XIX, el abad agustino Gregor Mendel, descubrió las leyes de la herencia de los caracteres, llegando a ser considerado como el fundador de la genética, esta ciencia ha dado pasos gigantescos en la comprensión de ese lenguaje que constituye la base de la información biológica que determina el desarrollo de un ser viviente. Por este motivo, la genética moderna desempeña un papel de particular importancia dentro de las disciplinas biológicas que han contribuido al prodigioso desarrollo de los conocimientos sobre la arquitectura invisible del cuerpo humano y de los procesos celulares y moleculares que establecen sus múltiples actividades. La ciencia ha llegado hoy a desvelar tanto los diferentes mecanismos recónditos de la fisiología humana, como los procesos que están ligados a la aparición de algunos defectos heredables de los padres, así como procesos que hacen que algunas personas queden más expuestas al riesgo de contraer una enfermedad. Estos conocimientos, fruto del ingenio y del esfuerzo de innumerables estudiosos, permiten llegar más fácilmente no sólo a un diagnóstico más eficaz y precoz de las enfermedades genéticas, sino también a ofrecer terapias destinadas a aliviar los sufrimientos de los enfermos y, en algunos casos, incluso a restituirles la esperanza de recobrar la salud. Además, desde que se encuentra a disposición la secuencia de todo el genoma humano, las diferencias entre un sujeto y otro y entre las diversas poblaciones humanas se han convertido en objeto de estudios genéticos que dejan entrever la posibilidad de nuevas conquistas.

El ámbito de la investigación sigue siendo hoy muy abierto y cada día se discuten nuevos horizontes que en gran parte siguen sin ser explorados. El esfuerzo del investigador en estos ámbitos tan enigmáticos y preciosos exige un apoyo particular; por este motivo, la colaboración entre las diferentes ciencias es un apoyo que no puede faltar nunca para llegar a resultados que sean eficaces y al mismo tiempo que produzcan un auténtico progreso para toda la humanidad. Esta complementariedad permite evitar el riesgo de un difundido reduccionismo genético, que tiende a identificar a la persona exclusivamente con la referencia a la información genética y a su interacción con el ambiente. Es necesario confirmar que el hombre siempre será más grande que todo lo que conforma su cuerpo; de hecho, lleva la fuerza del pensamiento, que siempre está orientada a la verdad sobre sí mismo y sobre el mundo. Se demuestran llenas de significado las palabras de un gran pensador que fue también un valiente científico, Blaise Pascal: "El hombre no es más que un junco, el más endeble de la naturaleza, pero es un junco pensante. No hace falta que todo el universo se ocupe de aplastarlo. Un vapor, una gota de agua bastan para matarlo. Pero, aunque el universo lo estuviese destruyendo, el hombre sería más noble que aquello que le mata; porque él sabe que está muriendo, mientras que el universo no tiene ni idea de la superioridad que tiene sobre él" (Pensamientos, 347).

Cada ser humano, por tanto, es mucho más que una singular coincidencia de informaciones genéticas que le son transmitidas por sus padres. La procreación de un hombre no podrá reducirse nunca a una mera reproducción de un nuevo individuo de la especie humana, como sucede con un animal. Cada vez que aparece una persona se trata siempre de una nueva creación. Lo recuerda con profunda sabiduría el Salmo: "Tú has creado mis entrañas, me has tejido en el seno materno... No desconocías mis huesos, cuando, en lo oculto, me iba formando" (139, 13.15). Si se quiere entrar en el misterio de la vida humana, por tanto, es necesario que ninguna ciencia se aísle, pretendiendo que posee la última palabra. Hay que compartir, por el contrario, la vocación común para llegar a la verdad, según la diferencia de las metodologías y de los contenidos propios de cada ciencia.

Vuestro congreso, de todos modos, no analiza sólo los grandes desafíos que la genética tiene que afrontar; abarca también los riesgos de la eugenesia, práctica que ciertamente no es nueva y que en el pasado ha llevado a aplicar formas inauditas de auténtica discriminación y violencia. La desaprobación por la eugenesia utilizada con la violencia de un régimen estatal, o como fruto del odio hacia una estirpe o población, está tan profundamente arraigada en las conciencias que fue expresada formalmente por la Declaración Universal de los Derechos del Hombre. A pesar de ello, en nuestros días siguen apareciendo manifestaciones preocupantes de esta práctica odiosa, que se presenta con rasgos diferentes. Es verdad que no se vuelven a presentar ideologías eugenésicas y raciales que en el pasado humillaron al hombre y provocaron tremendos sufrimientos, pero se insinúa una nueva mentalidad que tiende a justificar una consideración diferente de la vida y de la dignidad de la persona fundada sobre el propio deseo y sobre el derecho individual. De este modo, se tiende a privilegiar las capacidades operativas, la eficacia, la perfección y la belleza física en detrimento de otras dimensiones de la existencia que no son consideradas como dignas. De este modo, se debilita el respeto que se debe a todo ser humano, en presencia de un defecto en su desarrollo o de una enfermedad genética, que podrá manifestarse en el transcurso de su vida, y se penalizan desde la concepción a aquellos hijos cuya vida es juzgada como no digna de ser vivida.

Es necesario confirmar que toda discriminación ejercida por cualquier poder sobre personas, pueblos o etnias en virtud de diferencias debidas a reales o presuntos factores genéticos es un atentado contra la misma humanidad. Hay que confirmar con fuerza la misma dignidad de todo ser humano por el hecho mismo de haber llegado a la vida. El desarrollo biológico, psíquico, cultural o el estado de salud no pueden convertirse nunca en un elemento de discriminación. Es necesario, por el contrario, consolidar la cultura de la acogida y del amor que testimonian concretamente la solidaridad hacia quien sufre, derribando las barreras que la sociedad levanta con frecuencia discriminando a quien tiene una discapacidad o sufre patologías, o peor aún, llegando a la selección y el rechazo de la vida en nombre de un ideal abstracto de salud y de perfección física. Si el hombre es reducido a objeto de manipulación experimental desde los primeros pasos de su desarrollo, significa que las biotecnologías médicas se rinden ante el arbitrio del más fuerte. La confianza en la ciencia no puede hacer olvidar el primado de la ética cuando está en juego la vida humana.

Confío en que vuestra investigación en este sector, queridos amigos, pueda continuar con el debido empeño científico y con la atención que la ética exige ante problemas tan importantes y determinantes para el desarrollo coherente de la existencia personal. Este es el auspicio con el que deseo concluir este encuentro. Invocando sobre vuestro trabajo copiosas luces celestes, os imparto a todos vosotros con afecto una bendición apostólica especial.

[Traducción del original italiano realizada por Jesús Colina

© Copyright 2009 - Libreria Editrice Vaticana]

viernes, 27 de febrero de 2009

¿UN INMENSO MATADERO?

www.forumlibertas.com/La Firma
27/02/2009
Francesc Torralba Roselló
¿Un inmenso matadero?

Es esencial dejar de pensar la pobreza mundial en términos de mera ayuda a los pobres



Para la inmensa mayoría de la humanidad resulta fácil coincidir con Hegel en la imagen de la historia universal como un inmenso matadero. Esta imagen evoca, en primer lugar, las innumerables masacres cometidas por los seres humanos bien sea en nombre de sagrados principios o de supremos ideales políticos, bien sea por rastrera codicia y desbocado afán de poder. Esta imagen, sin embargo, apenas logra poner ante nuestros ojos el inmenso drama de la pobreza, asumido con suma ligereza como una consecuencia involuntaria de fenómenos que no cabe imputar a nadie en particular.

Con frecuencia, las millones de muertes causadas por la pobreza se perciben como una situación lamentable, pero accidental, como un fenómeno casi natural o como consecuencia inevitable de decisiones y de acontecimientos que ocurren en otras partes, o incluso como responsabilidad exclusiva de quienes las padecen directamente. Lo cierto es que el vínculo entre privación extrema y decisiones u omisiones personales se mantiene al margen de los debates políticos y de las estrategias de desarrollo. Las responsabilidades morales que nos corresponden a todos frente a la situación de pobreza mundial tienen que derivar en el deber de reformar la estructura del orden mundial económico vigente.

La violencia doméstica, la esclavitud, la autocracia, el colonialismo o el genocidio se han convertido en conductas universalmente reprobables. Sin embargo, este avance moral no encuentra su correlato en la cuestión de la pobreza, asunto frente al que se extiende una escandalosa indiferencia moral. Debemos preguntarnos cómo puede ser que la mitad del mundo continúe en estado de severa pobreza, a pesar no sólo del enorme progreso económico y tecnológico del último siglo, sino a pesar de los valores morales que pregona la civilización occidental hegemónica.

¿Por qué si la pobreza extrema no es tolerada dentro de los países ricos debe ser permitida fuera de ellos? Las reglas que estructuran la economía mundial tienen un profundo impacto sobre la distribución económica global. El diseño del orden socioeconómico global no es democrático, sino que está determinado por una pequeña minoría de sus participantes, que ejercen un control oligárquico sobre las reglas internacionales y una enorme presión económica y militar.

La solución a la pobreza de millones de personas es, sobre todo, una cuestión de voluntad política. Ello no implica que dependa exclusivamente de la voluntad de la clase política dirigente, sino también de la presión ejercida por una opinión pública movilizada. El primer paso para ello sería, en cualquier caso, superar la extendida indiferencia ante la pobreza global, una indiferencia basada en un irresponsable desconocimiento de los numerosos efectos generados por la nueva interdependencia global. Las exigencias de la justicia no se extinguen allí donde se acaban nuestras fronteras.

Es esencial dejar de pensar la pobreza mundial en términos de mera ayuda a los pobres, sino también en reformas institucionales que reduzcan la injusticia global, pues la propia noción de justicia, por minimalista que sea, se deriva de la inexcusable exigencia de poner punto final a las situaciones de injusticia activa. Es esencial una redistribución de la riqueza, un sistema que obligue a los países más ricos a compartir su riqueza con los más pobres.

Obviamente a nadie se le puede exigir una actitud heroica, pero son muchos los que están en situación de renunciar a un parte del propio bienestar sin que por ello vayan a caer en la indigencia o a situarse en una situación de dependencia aunque sea relativa.

domingo, 8 de febrero de 2009

CONFERENCIA DE CARDENAL BERTONE SOBRE DERECHOS HUMANOS



ZS09020504 - 05-02-2009
Permalink: http://www.zenit.org/article-30080?l=spanish

Cardenal Rouco: El compromiso de la Iglesia con los Derechos Humanos


Introducción a la conferencia del cardenal Bertone en Madrid





MADRID, jueves 5 de febrero de 2009 (ZENIT.org).- Publicamos las palabras de introducción dirigidas por el cardenal Antonio María Rouco Varela, presidente de la Conferencia Episcopal Española y arzobispo de Madrid, a la conferencia que pronunció este jueves el cardenal Tarcisio Bertone, secretario de Estado, sobre "Los Derechos Humanos en el Magisterio de Benedicto XVI".




* * *





Eminencia,
Señores Cardenales y Obispos,
Señoras y Señores:

Sean mis primeras palabras en nombre de los Obispos de la Conferencia Episcopal Española de bienvenida cordial y fraterna al Señor Cardenal Secretario de Estado a esta sede de la Conferencia Episcopal Española, inaugurada por el Siervo de Dios, el inolvidable Juan Pablo II, después de su llegada a Madrid el 31 de octubre del año 1982, como el primer acto oficial de aquella primera, larga e inolvidable visita a España del 31 de octubre al 9 de noviembre de 1982. Venía como "Testigo de Esperanza" y guardamos su memoria, no sin emoción viva y agradecida, en nuestros corazones. De nuevo visitaría esta casa para hablar a los Obispos españoles el 15 de junio de 1993 con motivo de su cuarta y penúltima visita apostólica a España con ocasión de las conmemoraciones del V Centenario de la Evangelización de América.

Palabras también de sentida gratitud, querido Sr. Cardenal, por haber aceptado nuestra invitación a presidir el acto con el que la Conferencia Episcopal Española quería unirse a las iniciativas de la Santa Sede con motivo de la conmemoración del LX Aniversario de la aprobación de la "Declaración Universal de los Derechos Humanos" el 10 de diciembre de 1948 en las Naciones Unidas.

Nuestro saludo y nuestra gratitud se dirige también a todos ustedes, personalidades de los distintos ámbitos de nuestra vida social, que han tenido la deferencia de responder a nuestra invitación para este solemne acto en número y cualificación tan notables.

La "Declaración Universal de los Derechos Humanos" había sido aprobada cuando la humanidad estaba saliendo de la hora quizá más oscura y trágica de su historia. Se trataba de abrir un camino jurídico universal para labrar y garantizar el futuro de la paz mundial, asegurando por la vía jurídica del derecho internacional el reconocimiento y cumplimiento universal de los derechos de la persona humana por parte de la comunidad internacional y de cada uno de sus Estados miembros.

La "Declaración Universal de los Derechos Humanos", hito excepcional en la historia de la conciencia ética y jurídica de la humanidad, inauguraba, sin duda, un nuevo capítulo de la misma. La propia organización de las Naciones Unidas promovería desde el primer momento su desarrollo y puesta en práctica. El primer y más importante resultado de este esfuerzo político y jurídico cuajaría en la aprobación por la Asamblea General el 16 de diciembre de 1966 del "Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales" y del "Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos". El éxito de la Declaración en el terreno formal jurídico del nuevo derecho constitucional que se va imponiendo a lo largo y a lo ancho del mundo después de la II Guerra Mundial es muy grande, al menos en la letra de los textos de las leyes constitucionales aprobadas. En realidad, desde esa fecha del 10 de diciembre de 1948 hasta hoy mismo, se fue haciendo impensable un ordenamiento legal de la constitución política del Estado, de cualquier Estado, que no incluyese como elemento esencial el reconocimiento de los derechos humanos. No fue tan claro y exhaustivo su éxito en el campo de su aplicación práctica. De las previsiones y prescripciones normativas, fuese cual fuese su rango formal-jurídico, a su aceptación y observancia en el campo de la vida social y personal diaria, se daba -y se continuará dando- no sin frecuencia lamentable un largo trecho. En la práctica constitucional de áreas geopolíticas completas, hasta la caída del Muro de Berlín el 9 de noviembre de 1989, no se logró por parte de los Estados alcanzar el mínimo de aquellas garantías substantivas y procesales que permitiesen hablar de una recepción elemental de los Derechos Humanos proclamados por las Naciones Unidas. Hoy es el día en el que no se ha conseguido aún establecer un sistema de garantías eficaces del cumplimiento de los derechos fundamentales del hombre ni por la vía del derecho interno de todos los Estados que forman el mapa geopolítico mundial, ni tampoco por la propia vía del derecho internacional. El trecho cultural, ético y espiritual que tienen que recorrer actualmente las sociedades y las personas en la asimilación existencial y viva del respeto a la dignidad inviolable de la persona humana y de sus derechos es todavía muy grande. El fenómeno del hambre y de la pobreza en el mundo, agravada por la crisis económica, sigue ensombreciendo el presente y el inmediato futuro de la familia humana. El derecho a la vida, los derechos relativos al matrimonio y a la familia y el derecho a la libertad religiosa atraviesan momentos de incertidumbre no sólo práctica, sino también teórica. El problema de una fundamentación intelectual de los derechos de la persona humana capaz de poner al abrigo de oscilaciones y veleidades históricas su legitimidad y vigencia ética y prepolítica, anteriores a su formalización positiva en el ordenamiento jurídico del Estado, sigue abierto y acuciante. El jusnaturalismo filosófico y teológico, que influyó tanto en su explicación doctrinal en los años cincuenta y comienzos de los sesenta del pasado siglo, ha ido cediendo el paso a variados juspositivismos de nuevo cuño.

La Iglesia acogió y apoyó desde el primer memento, doctrinal y pastoralmente, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en cuya raíz histórica era fácil descubrir el influjo del pensamiento de sus más preclaros teólogos y juristas de la Escuela de Salamanca. La actuación del Magisterio Pontificio fue decisiva al respecto. Desde la acogida inmediata y calurosa que Pío XII le prestó a la Declaración, explicitada y desarrollada por extenso en las dos famosas Encíclicas "Mater et Magistra" y "Pacem in Terris" del Beato Juan XXIII, hasta el Pontificado de nuestro Santo Padre Benedicto XVI, se despliega toda una línea doctrinal de enseñanza social que tiene como momento culminante el Concilio Vaticano II y que se expresa con una creciente y luminosa claridad doctrinal y con una no menos creciente fuerza moral y espiritual por Pablo VI y por el prolongado y vigoroso Magisterio Social de Juan Pablo II. Los principios doctrinales enseñados por el Concilio Vaticano II en la Constitución Pastoral sobre la Iglesia en el mundo actual "Gaudium et Spes" acerca de la dignidad de la persona humana, sobre el matrimonio y la familia, el mundo de la cultura y del trabajo, de la comunidad política y del orden internacional, concretados de forma incisivamente renovadora en la Declaración sobre la libertad religiosa "Dignitatis Humanae" y sobre la educación "Gravissimum educationis", constituirán la base teológica y el eje sistemático de la doctrina pontificia ulterior sobre los derechos fundamentales de la persona humana y sobre la verdad y el valor de la noción de bien común. El proceso histórico contemporáneo de la formación de esta doctrina social de la Iglesia, girando en torno al imperativo antropológico y moral de los derechos humanos, fue acompañado por un compromiso de vida y misión con el respeto, la defensa, promoción activa de la persona humana y de sus derechos fundamentales en cualquier tiempo y lugar en los que se encontrasen violados y menospreciados. La entrega generosa y sacrificada de tantos sacerdotes, consagrados y consagradas y de fieles laicos a la causa de los más desfavorecidos en cualquier parte del mundo están bien a la vista de las personas de buena voluntad.

Este compromiso contemporáneo de la Iglesia Católica con el reconocimiento cultural y moral, prepolítico, de los derechos humanos, teórico y práctico, y de su respuesta filosófico-teológica a la grande y actual cuestión de sus fundamentos doctrinales ha encontrado en el Magisterio y en las orientaciones pastorales de nuestro Santo Padre Benedicto XVI un nuevo y extraordinario momento de iluminación intelectual y de su comprensión y puesta en práctica en las actuales y críticas circunstancias del momento presente de la Humanidad. Nadie mejor ni más autorizadamente podría hablarnos y exponernos las líneas maestras de su pensamiento y de su acción apostólica en esta materia tan sensible, urgente y decisiva para el presente y el futuro de la humanidad en justicia, solidaridad y la paz que su más estrecho colaborador en el gobierno pastoral de la Iglesia Universal, su Secretario de Estado, Su Eminencia el Cardenal Tarcisio Bertone. Su biografía académica y pastoral, por otra parte, vinculada en los primeros y fecundos años de su juventud y madurez sacerdotal y de religioso salesiano a la enseñanza universitaria del derecho público eclesiástico y del derecho Internacional en el Pontificio Ateneo Salesiano de Roma, del que fue su Rector Magnífico, y en el ejercicio de su ministerio episcopal como Arzobispo de Vercelli, primero; luego, como Secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe y, finalmente, como Cardenal de la Santa Iglesia Romana y Arzobispo de Génova, le han capacitado cualificadamente para esa tarea de servicio tan excepcional, vinculado al Papa y a la difusión privilegiada de su Magisterio.

Por todo ello, Eminencia Reverendísima, permítame concluir estas palabras de saludo, reiterándole nuestra calurosa y fraternal bienvenida a la sede de esta Conferencia Episcopal y de agradecimiento sentido y cordial. ¡Muchas gracias, Eminencia!

Madrid, 5 de febrero de 2009









ZS09020503 - 05-02-2009
Permalink: http://www.zenit.org/article-30079?l=spanish

CONFERENCIA DEL CARDENAL BERTONE EN MADRID SOBRE DERECHOS HUMANOS

Texto íntegro del secretario de Estado de Benedicto XVI



MADRID, jueves 5 de febrero de 2009 (ZENIT.org).- Ofrecemos a continuación el texto íntegro del discurso pronunciado este jueves por el cardenal Tarsicio Bertone, secretario de Estado de Benedicto XVI, durante su visita a España, en la sede de la Conferencia Episcopal (CEE).

El discurso, cuyo contenido ha sido difundido por la Conferencia, se leyó dentro de un acto de conmemoración del 60 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El título de la conferencia es: "Los Derechos Humanos en el Magisterio de Benedicto XVI".


* * *
Eminencias, 
Altezas Reales, 
Excelencias, 
Apreciados Invitados, Señoras y Señores.

Agradezco la invitación que me han hecho a participar en este acto que conmemora el 600 Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, y que debe considerarse un momento de importancia fundamental en la maduración de la conciencia moral de la humanidad, en consonancia con la dignidad de la persona. Se trata de poner de relieve, una vez más, la importancia que la Santa Sede atribuye al reconocimiento y a la tutela de los derechos fundamentales de la persona humana y resaltar el compromiso de los católicos con la defensa y promoción de los Derechos Humanos.

Soy portador de un cordial saludo y bendición a todos Ustedes de Su Santidad el Papa Benedicto XVI, que me consta espera con ilusión la celebración en España de la Jornada Mundial de la Juventud, que tendrá lugar en Madrid en agosto de 2011. El Santo Padre les anima a preparar con entusiasmo tan magno evento, de gran importancia para todos los jóvenes del mundo.

Quiero expresar mi gratitud al Cardenal Antonio M Rouco Varela y a la Conferencia Episcopal Española, por la organización de este significativo acto, que me ofrece, además, la oportunidad de visitar nuevamente España.

La Iglesia ha tomado muy en serio la cuestión de los derechos humanos. El deseo de paz, la búsqueda de la justicia, el respeto de la dignidad de la persona, la cooperación y la asistencia humanitaria, expresan las justas aspiraciones del espíritu humano. En este sentido, todavía resuena en nosotros el eco de las palabras que el Papa Benedicto XVI dirigió a la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, el pasado 18 de abril, cuando señalaba que la Declaración Universal "fue el resultado de una convergencia de tradiciones religiosas y culturales, todas ellas motivadas por el deseo común de poner a la persona humana en el corazón de las instituciones, leyes y actuaciones de la sociedad, y de considerar al hombre esencial para el mundo de la cultura, de la religión y de la ciencia".

1. Aportaciones del cristianismo y de la doctrina social de la Iglesia

Los Derechos Humanos nacen de la cultura europea occidental, de indudable matriz cristiana. No es casualidad. El cristianismo heredó del judaísmo la convicción, plasmada en la primera página de la Biblia, de que el ser humano es imagen de Dios. Por ello, la Iglesia ha dado su propia contribución, tanto con la reflexión sobre los Derechos Humanos a la luz de la Palabra de Dios y de la razón humana, como con su compromiso de anuncio y de denuncia, que la ha convertido en una defensora infatigable de la dignidad del hombre y de sus derechos, también en estos sesenta años que nos separan de la Declaración de 1948.

Los Sumos Pontífices han expresado en numerosas ocasiones el aprecio de la Iglesia católica por el gran valor de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Pablo VI, en su visita a las Naciones Unidas, el 4 de octubre de 1965, después de mostrar su convencimiento de que "la ONU representa el camino obligado de la civilización moderna y de la paz mundial", se expresaba así frente a los Representantes de las Naciones: "Lo que vosotros proclamáis aquí son los derechos y los deberes fundamentales del hombre, su dignidad y libertad y, ante todo, la libertad religiosa".

Juan Pablo II se dirigió en dos ocasiones a la Asamblea General de las Naciones Unidas. En la primera, el 2 de octubre de 1979, a propósito de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, afirmó que este documento "es una piedra miliar en el largo y difícil camino del género humano".

En su segunda visita, el 5 de octubre de 1995, Juan Pablo II, recordó que: "existen realmente unos derechos humanos universales, enraizados en la naturaleza de la persona, en los cuales se reflejan las exigencias objetivas e imprescindibles de una ley moral universal. Lejos de ser afirmaciones abstractas, estos derechos nos dicen más bien algo importante sobre la vida concreta de cada hombre y de cada grupo social. Nos recuerdan también que no vivimos en un mundo irracional o sin sentido, sino que, por el contrario, hay una lógica moral que ilumina la existencia humana y hace posible el diálogo entre los hombres y entre los pueblos".

El Santo Padre Benedicto XVI[1], dirigiéndose a la Asamblea General de las Naciones Unidas, recordando expresamente el 60° Aniversario de la Declaración Universal, tras señalar que "tiene el mérito de haber permitido confluir en un núcleo fundamental de valores y, por tanto, de derechos, a diferentes culturas, expresiones jurídicas y modelos institucionales", nos recuerda que "los derechos humanos son presentados cada vez más como el lenguaje común y el sustrato ético de las relaciones internacionales. Al mismo tiempo, la universalidad, la indivisibilidad y la interdependencia de los derechos humanos sirven como garantía para la salvaguardia de la dignidad humana. Sin embargo, es evidente que los derechos reconocidos y enunciados en la Declaración se aplican a cada uno en virtud del origen común de la persona, la cual sigue siendo el punto más alto del designio creador de Dios para el mundo y la historia. Estos derechos se basan en la ley natural inscrita en el corazón del hombre y presente en las diferentes culturas y civilizaciones. Arrancar los derechos humanos de este contexto significaría restringir su ámbito y ceder a una concepción relativista, según la cual el sentido y la interpretación de los derechos podrían variar, negando su universalidad en nombre de los diferentes contextos culturales, políticos, sociales e incluso religiosos".

La Iglesia Católica, que "en virtud del Evangelio que se le ha confiado, proclama los derechos del hombre y reconoce y estima en mucho el dinamismo de la época actual, que está promoviendo por todas partes tales derechos"[2], ha visto en la Declaración, conforme al Magisterio pontificio, un "signo de los tiempos", considerándola "un paso importante en el camino hacia la organización jurídico-política de la comunidad mundial."[3]

2. Declaración Universal de los Derechos Humanos

Las grandes preocupaciones en el mundo tras el final de la segunda guerra mundial, con las gravísimas consecuencias de todos conocidas, supusieron un punto de inflexión en la conciencia de las Naciones y en nuestra historia reciente. Su fruto se materializó en San Francisco (Estados Unidos), con la firma de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas, el 5 de agosto de 1945, que formuló el principio de una promoción o protección internacional de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Tres años más tarde, el 10 de diciembre de 1948, fruto de un intenso trabajo, propiciado por las circunstancias y los desastres a que la guerra había llevado a los pueblos europeos del siglo XX, se aprobó la Declaración Universal, con el respaldo de la inmensa mayoría de los 58 países que entonces configuraban este Organismo internacional.

Todo hombre vive de un entramado de sueños y realidades. Todos aspiran hoy a una vida donde reine la paz y la justicia. Cuando defienden un derecho no mendigan un favor, reclaman lo que les es debido por el solo hecho de ser hombre. Por eso se llaman derechos naturales, innatos, inviolables e inalienables, valores inscritos en el ser humano. Por esta significación profunda y por su radicación en el ser humano, los derechos humanos son anteriores y superiores a todos los derechos positivos. De aquí que el poder público quede sometido, a su vez, al orden moral, en el cual se insertan los derechos del hombre.

Esta Declaración representa la expresión escrita de las bases en que se fundamenta el Derecho de las naciones, las leyes de la humanidad y los dictados de la conciencia pública adaptados al espíritu del Tercer milenio. Los problemas han dejado de ser nacionales y las soluciones justas han de esperarse también internacionalizadas. Todo esto supone un progreso de la humanidad y, en tal sentido, la Declaración se ha convertido en un referente universal de justicia a escala planetaria.

En el acto organizado por el Pontificio Consejo "Justicia y Paz" en el 600 Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Santo Padre Benedicto XVI[4], después de recordar que este documento "constituye aún hoy un altísimo punto de referencia del diálogo intercultural sobre la libertad y los derechos humanos", insistió que, "en última instancia, los derechos humanos están fundados en Dios Creador, el cual dio a cada uno la inteligencia y la libertad. Si se prescinde de esta sólida base étíca, los derechos humanos son frágiles porque carecen de fundamento sólido".

La celebración del 60° Aniversario de la Declaración constituye, por consiguiente, una ocasión para verificar en qué medida los ideales aceptados por la mayor parte de la comunidad de las Naciones de 1948, son respetados hoy en las diversas legislaciones nacionales y, más aún, en la conciencia de los individuos y de las colectividades.

3. Ley natural

Cuando el Magisterio de la Iglesia habla de los derechos humanos no se olvida de fundarlos en Dios, fuente y garantía de todos los derechos, ni tampoco se olvida de enraizarlos en la ley natural. La fuente de los derechos no es nunca un consenso humano, por notable que sea. Benedicto XVI, en el Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2007, enseña que "El reconocimiento y el respeto de la ley natural son también hoy la gran base para el diálogo entre los creyentes de las diversas religiones, así como entre los creyentes e incluso los no creyentes". La ley natural interpela nuestra razón y nuestra libertad, porque ella misma es fruto de verdad y de libertad: la verdad y la libertad de Dios. La sociedad tiene necesidad de reglas acordes con la naturaleza humana, pero también tiene necesidad de relaciones fraternas.

No bastaría una interpretación positivista que redujera la justicia a legalidad, y entendiera así los derechos humanos como resultado exclusivo de medidas legislativas. Benedicto XVI insistió en esta misma idea en el acto organizado por el Pontificio Consejo "Justicia y Paz", al que nos hemos referido con anterioridad, señalando que "la ley natural, inscrita por Dios en la conciencia humana, es un común denominador a todos los hombres y a todos los pueblos; es una guía universal que todos pueden conocer. Sobre esa base todos pueden entenderse".

4. Dignidad del hombre

El Concilio Vaticano II lo afirma reiteradas veces: "El hombre tiene hoy una conciencia cada vez mayor de la dignidad de la persona humana."[5] Los derechos humanos se presentan hoy día como una de las vías de acceso a la dignidad de la persona, y como cauce necesario para su promoción en la sociedad y la instauración de la justicia y la paz en todos los niveles. La dignidad humana es como la piedra angular de todo el edificio de la Declaración Universal, que comienza con estas palabras: "El reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos iguales e inalienables constituye el fundamento de la libertad, de la justicia y de la paz en el mundo". Libertad, justicia y paz eran los tres grandes valores humanos que había que recuperar de una vez para siempre. En el párrafo quinto del Preámbulo, se pone de manifiesto que "en la Carta, los pueblos de las Naciones Unidas han proclamado de nuevo su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de los hombres y de las mujeres, y se han declarado resueltos a favorecer el progreso social y a instaurar mejores condiciones de vida dentro de una libertad mayor".

La Iglesia, siguiendo los dictámenes de su propia doctrina social, argumentada a partir de lo que es conforme a la naturaleza de todo ser humano, "siente que tiene el deber -en palabras de Benedicto XVI- de despertar en la sociedad las fuerzas morales y espirituales, contribuyendo a abrir las voluntades a las exigencias auténticas del bien".


5. Universalidad, indivisibilidad y protección

Contra las predicciones de los escépticos, esta Declaración, que no era obligatoria, enseguida demostró su fuerza moral. Se convirtió en la principal inspiración del movimiento a favor de los derechos humanos en todos los países, y sigue siendo el punto de referencia más importante para debates sobre derechos humanos a nivel internacional.

El actual Romano Pontífice, en perfecta continuidad con el pensamiento de su predecesor, subraya que los derechos humanos son universales, se aplican a todos en virtud del origen común de la persona. En realidad, la nota de universalidad es una consecuencia ínsita en el propio concepto de derechos humanos: si los derechos humanos son aquellos que se atribuyen al hombre por el mero hecho de serlo, resulta evidente que han de ser reconocidos a todos los que reúnan esta condición (cfr. Preámbulo Declaración Universal y arts. 2 y 6). El reconocimiento de la universalidad pertenece, pues, al núcleo mismo de la doctrina sobre los derechos humanos.

El Santo Padre Benedicto XVI pone su énfasis en la indivisibilidad, que constituye una nota esencial de los derechos humanos, al mismo nivel que la universalidad. Y lo explica con una frase que encierra un profundo contenido: "La Declaración fue adoptada como un ‘ideal común' (preámbulo) y no puede ser aplicada por partes separadas, según tendencias u opciones selectivas que corren simplemente el riesgo de contradecir la unidad de la persona humana y, por tanto, la indivisibilidad de los derechos humanos."[6]

El Santo Padre pone de relieve, en primer lugar, la responsabilidad que incumbe al Estado: todo Estado tiene el deber primario de proteger a la propia población frente a las violaciones de los derechos humanos. Es decir, le incumbe un papel activo en la defensa y protección de los derechos, hasta el punto de que esta es su misión esencial. Y si el Estado fracasa en el ejercicio de esa responsabilidad, ésta ha de ser asumida por la comunidad internacional: "Si los Estados no son capaces de garantizar esa protección, la comunidad internacional ha de intervenir con los medios jurídicos previstos por la Carta de las Naciones Unidas y por otros instrumentos internacionales". Por tanto, "los derechos humanos han de ser respetados corno expresión de justicia, y no simplemente porque pueden hacerse respetar mediante la voluntad de los legisladores". 


6. Derechos que se reconocen

En nuestros días, hay un proceso continuo y radical de redefinir los derechos humanos individuales en temas muy sensibles y esenciales, como la familia, los derechos del niño y de la mujer, etc. Debemos insistir en que los derechos humanos están "por encima" de la política y también por encima del "Estado-nación". Son verdaderamente supranacionales. Ninguna minoría ni mayoría política puede cambiar los derechos de quienes son más vulnerables en nuestra sociedad o los derechos humanos inherentes a toda persona humana. Como enseña el Concilio Vaticano II, "la verdad no se impone de otra manera que por la fuerza de la misma verdad."[7]

La protección jurídica de los derechos humanos debe ser así una prioridad para cada Estado. Con palabras de Benedicto XVI: "La justicia es el objeto y, por tanto, también la medida de toda política. La política es más que una simple técnica para determinar los ordenamientos públicos: su origen y su meta están precisamente en la justicia, y ésta es de naturaleza ética."[8] Nos recuerda el Papa, así, que no puede existir un orden social o estatal justo si no respeta la justicia, y la justicia sólo puede alcanzarse con un previo respeto a los Derechos Humanos y a la dignidad natural de cada hombre, de cada persona humana, con independencia de la fase de su vida en que se encuentre.

7. Derecho a la vida

La dignidad del ser humano, el tema clave de toda la doctrina social de la Iglesia, implica, entre otras cosas, el respeto a la vida desde su concepción hasta su ocaso natural.

El cristiano debe amar y desear la vida, como camino hacia Dios. Benedicto XVI, en la Jornada por la Vida de la Conferencia Episcopal Italiana[9], recordaba que "La vida, que es obra de Dios, no debe negarse a nadie, ni siquiera al más pequeño e indefenso y mucho menos si presenta graves discapacidades". Por lo mismo, no podemos "caer en el engaño de pensar que se puede disponer de la vida hasta legitimar su interrupción, enmascarándola quizá con un velo de piedad humana. Por tanto, es necesario defenderla, tutelarla y valorarla en su carácter único e irrepetible".

En el derecho a la vida nos encontramos frente a un panorama completamente nuevo con respecto a la época en que se aprobó la Declaración Universal, sobre todo a causa del desarrollo de las ciencias y de las tecnologías, con numerosos instrumentos técnicos para decidir sobre la vida y sobre la muerte. Se plantea la necesidad de recuperar el sentido pleno de la acogida de la vida.

Benedicto XVI, en su visita a las Naciones Unidas,[10] se refirió a los avances científicos y sus límites: "No obstante los enormes beneficios que la humanidad puede recabar de los descubrimientos de la investigación científica y tecnológica, algunos aspectos de dicha aplicación representan una clara violación del orden de la creación, hasta el punto en que no solamente se contradice el carácter sagrado de la vida, sino que la persona humana misma y la familia se ven despojadas de su identidad natural". En este sentido, habría que recordar, junto a tantos investigadores y científicos, que las nuevas fronteras de la bioética no imponen una elección entre la ciencia y la moral, sino que más bien exigen un uso moral de la ciencia.

En otro contexto, el Santo Padre ha recordado que la libertad "no puede ser invocada para justificar ciertos excesos", que podrían llevar a "una regresión en el concepto de ser humano,"[11] especialmente en cuestiones como la vida y la familia. El Papa, después de deplorar, una vez más, los continuos ataques perpetrados en todos los continentes contra la vida humana, mostró su convencimiento de que "una cultura de la vida", especialmente en cuanto a la defensa de la vida y de la familia, "podría revitalizar de nuevo el conjunto de la existencia personal y social". 



8. Familia y educación

La familia es una institución a tutelar por el Estado. En la mayor parte de los Pactos y Convenciones internacionales se reconoce el derecho de la familia a ser protegida por la sociedad y por el Estado (Declaración Universal, art. 16.3).

"La familia se configura como la célula primaria y vital de la sociedad de quien dependen su salud y su fortaleza. Es lógico que la sociedad sea la primera interesada en desarrollar una cultura que la tenga como cimiento seguro, como el primer y más importante camino común del hombre, ya que éste viene al mundo en el seno familiar y, consecuentemente, a él le debe su propio existir como ser humano."[12] Nunca podrá olvidarse que la familia es la fuente fecunda de la vida, el presupuesto primordial e irreniplazahie de la felicidad individual de los esposos, de la formación de los hijos y del bienestar social, así como de la misma prosperidad material de la nación.

La Iglesia proclama que la vida familiar está fundada sobre el matrimonio de un hombre y una mujer, unidos por un vínculo indisoluble, libremente contraído, abierto a la vida humana en todas sus etapas, lugar de encuentro entre generaciones y de crecimiento en sabiduría humana.

En la familia, afirmaba el Papa al conmemorar el XX aniversario de la Carta Apostólica "Mulieris dignitatem,"[13] "la mujer y el hombre, gracias al don de la maternidad y de la paternidad, desempeñan juntos un papel insustituible con respeto a la vida. Desde su concepción, los hijos tienen el derecho de poder contar con el padre y con la madre, que los cuiden y los acompañen en su crecimiento. Por su parte, el Estado debe apoyar con adecuadas políticas sociales todo lo que promueve la estabilidad y la unidad del matrimonio, la dignidad y la responsabilidad de los esposos, su derecho y su tarea insustituible de educadores de los hijos". Se han de adoptar, también, medidas legislativas y administrativas que sostengan a las familias en sus derechos inalienables, necesarios para llevar adelante su extraordinaria misión.

Con relación a la igual dignidad y responsabilidad de la mujer respecto al hombre, el Santo Padre, recordó que aún persiste una mentalidad que ignora la novedad del cristianismo: "Hay lugares y culturas donde la mujer es discriminada o subestimada por el solo hecho de ser mujer, donde se recurre incluso a argumentos religiosos y a presiones familiares, sociales y culturales para sostener la desigualdad de sexos, donde se perpetran actos de violencia contra la mujer, convirtiéndola en objeto de maltratos y de explotación en la publicidad y en la industria del consumo y de la diversión. Ante fenómenos tan graves y persistentes, es más urgente aún el compromiso de los cristianos de hacerse por doquier promotores de una cultura que reconozca a la mujer, en el derecho y en la realidad de los hechos, la dignidad que le compete".[14]

La familia es la verdadera escuela de humanidad y de valores perennes, lugar primario en la educación de la persona. En este sentido, se ha de remarcar que es a la familia, y más concretamente, a los padres, a quienes compete por derecho natural la primera tarea educativa, y a los que se debe respetar el derecho a elegir la educación para sus hijos acorde con sus ideas y, en especial, según sus convicciones religiosas. Sobre el particular y, en concreto, sobre la enseñanza religiosa en la escuela, Benedicto XVI ha destacado que es "un derecho inalienable de los padres asegurar la educación moral y religiosa de sus hijos". La enseñanza confesional de la religión en los centros públicos resulta acorde con el principio de laicidad, porque no supone adhesión ni, por tanto, identificación del Estado con los dogmas y la moral que integran el contenido de esta materia. Asimismo, este tipo de enseñanza no es contraria al derecho de libertad religiosa de los alumnos y de sus padres, debido a su carácter voluntario.

8. Libertad religiosa. Relaciones con la Comunidad Política

El respeto inexcusable hacia la dignidad humana implica la defensa y la promoción de los derechos del hombre, y exige el reconocimiento de la dimensión religiosa del mismo. La libertad religiosa (Declaración, art. 18), como derecho primario e inalienable de la persona, es el sustento de las demás libertades, su razón de ser. La libertad religiosa traspasa el horizonte que trata de limitarla a una parcela íntima, a una mera libertad de culto o a una educación inspirada en valores cristianos, para solicitar al ámbito civil y social, libertad para que las confesiones religiosas puedan ejercer su misión. Asimismo resulta básico comprender la libertad religiosa como la condición primera e indispensable para la paz. Son piedras angulares del edificio de los derechos humanos, elementos básicos del bien común y de la solidaridad. La paz hunde sus raíces en la libertad y en la apertura a la verdad.

El Estado democrático no es neutral respecto a la libertad religiosa misma, sino que, al igual que respecto a las demás libertades públicas, ha de reconocerla y crear las condiciones para su efectivo y pleno ejercicio por parte de todos los ciudadanos. Y justamente, en virtud de este respeto y apuesta positiva por la libertad religiosa, ha de ser, en cambio, absolutamente neutral respecto de todas las diversas particulares opciones que ante lo religioso los ciudadanos adopten en uso de esa libertad. Querer imponer, como pretende el laicismo, una fe o una religiosidad estrictamente privada es buscar una caricatura de lo que es el hecho religioso. Y es, por supuesto, una injerencia en los derechos de las personas a vivir sus convicciones religiosas como deseen o como éstas se lo demanden.

Recordaba Benedicto XVI[15] a los participantes en el 56° Congreso Nacional de Juristas Italianos, que "no es expresión de laicidad, sino su degeneración en laicismo, la hostilidad contra cualquier forma de relevancia política y cultural de la religión; en particular, contra la presencia de todo símbolo religioso en las instituciones públicas". Tampoco es signo de "sana laicidad", "negar a la comunidad cristiana, y a quienes la representan legítimamente, el derecho de pronunciarse sobre los problemas morales que hoy interpelan la conciencia de todos los seres humanos, en particular de los legisladores y juristas. En efecto, no se trata de injerencia indebida de la Iglesia en la actividad legislativa, propia y exclusiva del Estado, sino de la afirmación y defensa de los grandes valores que dan sentido a la vida de la persona y salvaguardan su dignidad. Estos valores, antes de ser cristianos, son humanos, por eso ante ellos no puede quedar indiferente y silenciosa la Iglesia, que tiene el deber de proclamar con firmeza la verdad sobre el hombre y sobre su destino". En definitiva, se trata de mostrar que sin Dios el hombre está perdido, que excluir la religión de la vida social, en particular la marginación del cristianismo, socava las bases mismas de la convivencia humana, pues antes de ser de orden social y político, estas bases son de orden moral.

La Iglesia se muestra respetuosa ante la justa autonomía de las realidades temporales, pero pide la misma actitud con respeto a su misión en el mundo y a las variadas manifestaciones personales y sociales de sus fieles, artífices en gran medida de la solidaridad comunitaria y de una ordenada convivencia. El Estado no puede reivindicar competencias, sean directas o indirectas, sobre las convicciones íntimas de las personas ni tampoco imponer o impedir la práctica pública de la religión sobre todo cuando la libertad religiosa contribuye de forma decisiva a la formación de ciudadanos auténticamente libres.

"La Iglesia -en palabras de Benedicto XVI- no reivindica el puesto del Estado. No quiere sustituirle. La Iglesia es una sociedad basada en convicciones, que se sabe responsable de todos y no puede limitarse a sí misma. Habla con libertad y dialoga con la misma libertad con el deseo de alcanzar la libertad común. Gracias a una sana colaboración entre la comunidad política y la Iglesia, realizada con la conciencia y el respeto de la independencia y de la autonomía de cada una en su propio campo, se lleva a cabo un servicio al ser humano con miras a su pleno desarrollo personal y social."[16]

Desgraciadamente, nos dice Benedicto XVI, "la libertad religiosa está lejos de ser asegurada efectivamente por doquier: en algunos casos se la niega por motivos religiosos o ideológicos; otras veces, aunque se la reconoce teóricamente, es obstaculizada de hecho por el poder político o, de manera más solapada, por el predominio cultural del agnosticismo y del relativismo."[17]

El Santo Padre, en su discurso ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, al que ya nos hemos referido varias veces, resaltó que "los derechos humanos deben incluir el derecho a la libertad religiosa, entendido como expresión de una dimensión que es al mismo tiempo individual y comunitaria, una visión que manifiesta la unidad de la persona, aun distinguiendo claramente entre la dimensión de ciudadano y la del creyente". "Es inconcebible, por tanto, que los creyentes tengan que suprimir una parte de sí mismos -su fe- para ser ciudadanos activos. Nunca debería ser necesario renegar de Dios para poder gozar de los propios derechos". Por lo demás, continuó el Santo Padre, "no se puede limitar la plena garantía de la libertad religiosa al libre ejercicio del culto, sino que se ha de tener en la debida consideración la dimensión pública de la religión y, por tanto, la posibilidad de que los creyentes contribuyan a la construcción del orden social".

En este sentido, "la Iglesia, sin pretender convertirse en un sujeto político, aspira, con la independencia de su autoridad moral, a cooperar leal y abiertamente con todos los responsables del orden temporal en el noble diseño de lograr una civilización de la justicia, la paz, la reconciliación, la solidaridad, y de aquellas otras pautas que nunca se podrán derogar ni dejar a merced de consensos partidistas, pues están grabadas en el corazón humano y responden a la verdad."[18] Por ello, siguió explicando el Papa, "la presencia de Dios tanto en la conciencia de cada hombre como en el ámbito público es un apoyo firme para el respeto de los derechos fundamentales de la persona y la edificación de una sociedad cimentada en ellos". El único objetivo de la Iglesia es servir al hombre, inspirándose, como norma suprema de conducta, en las palabras y en el ejemplo de Jesucristo, que "pasó haciendo el bien y curando a todos" (Hch 10,38).

Al concluir esta parte de mi exposición, en la cual he tratado de la relación entre el ordenamiento democrático y la libertad religiosa, es preciso hacer una aclaración.

Frecuentemente el principio de igualdad referido a las confesiones religiosas es entendido por algunos como uniformidad de tratamiento jurídico de esas por parte de la ley civil. No es una interpretación correcta: el principio de igualdad, en efecto, se vulnera si se tratan situaciones iguales de modo diverso, pero también si se tratan situaciones diversas de igual manera.

El principio de igualdad requiere por tanto que por parte del ordenamiento estatal haya una disciplina jurídica de las confesiones religiosas respetuosa con sus peculiaridades, teniendo también presente el arraigamiento cultural e histórico que cada una tiene en la sociedad.

9. Conclusiones

Históricamente hablando, el acierto principal de la Declaración Universal consistió en haber afirmado solemnemente ante la entera humanidad que la paz de los pueblos, tras dos terribles guerras mundiales, habría que buscarla basando l cooperación internacional y la construcción de un mundo más fraterno en el respeto incondicional a la dignidad de la persona humana y a sus libertades fundamentales. Los derechos humanos, cuya eficacia debe estar garantizada por brotar inmediatamente de la dignidad de la persona humana, son universales, inviolables e inmutables. En definitiva, la Declaración Universal representa la expresión escrita de las bases en que se fundamenta el Derecho de las naciones, las leyes de la humanidad y los dictados de la conciencia pública adaptados al espíritu del Tercer milenio. 
Sin duda, se ha recorrido un largo camino, pero queda aún un largo tramo por completar: cientos de millones de hermanos y hermanas nuestros ven cómo están amenazados sus derechos a la vida, a la libertad, a la seguridad; no siempre se respeta la igualdad entre todos ni la dignidad de cada uno, mientras se alzan nuevas barreras por motivos relacionados con la raza, la religión, las opiniones políticas u otras convicciones.

Sin embargo, en todos los casos, la comunidad humana también está llamada a ir más allá de la mera justicia, manifestando su solidaridad a los pueblos más pobres, con la preocupación de una mejor distribución de la riqueza, sobre todo en tiempos de grave crisis económica. La experiencia de la historia de la humanidad, y específicamente de la cristiandad, nos lleva a reconocer, con Benedicto XVI, que "el futuro de la humanidad no puede depender del simple compromiso político,"[19] sino que debe ser consecuencia del reconocimiento de la dignidad de la persona humana, hombre y mujer, con el fin de crear las condiciones adecuadas, para una vida realizada en plenitud en la sociedad en la que vive. Por su parte, la Iglesia hace todo los esfuerzos posibles para aportar su contribución al bienestar general, a veces en situaciones dificiles. Su mayor deseo es continuar incansablemente prestando ese servicio al hombre, a todo hombre, sin discriminación alguna.

La Iglesia se felicita de la creciente preocupación en el mundo actual por la protección de los Derechos Humanos, que corresponden a cada persona por su misma dignidad natural desde el momento mismo de su concepción en el seno materno hasta su muerte de forma natural.

Por ello es necesario salvaguardar la dignidad de la persona humana, propugnar una amplia visión de las relaciones sociales que incluya el diálogo Estado-Iglesia, que refuerce la colaboración con las instituciones civiles para el desarrollo integral de la persona y el derecho a la libertad religiosa, que facilite el libre ejercicio de la misión evangelizadora de la Iglesia y que señale el deber de la sociedad y del Estado de garantizar espacios donde los creyentes puedan vivir y celebrar sus creencias. En este contexto, la Iglesia pide hacia su misión en el mundo, manifestada en variadas formas individuales y comunitarias, la misma actitud de respeto y autonomía que ella muestra hacia las realidades temporales.

En cuanto al compromiso de la Iglesia por los derechos humanos puede darse un malentendido: el de concebir a la misma Iglesia como una especie de institución humanitaria. En realidad el compromiso de la Iglesia por los derechos humanos no es un signo de secularización. Esto ya ha sido bien aclarado en los discursos pronunciados por Pablo VI, Juan Pablo II y Benedicto XVI en la ONU, que apenas he recordado. El compromiso de la Iglesia por los derechos humanos tiene razones precisas e inherentes a su propia misión; se inscribe en la solicitud de la Iglesia por el hombre en su dimensión integral. Podríamos decir que el motivo último y fundamental por el cual la Iglesia se interesa por los derechos humanos es de orden ético y religioso.

Me complace terminar mi intervención con las mismas palabras de Benedicto XVI, pronunciadas en el Angelus del domingo 7 de diciembre de 2008: "Para las poblaciones agotadas por la miseria y el hambre, para las multitudes de prófugos, para cuantos sufren graves y sistemáticas violaciones de sus derechos, la Iglesia se pone como centinela sobre el monte alto de la fe y anuncia: "Aquí está vuestro Dios. Mirad: Dios, el Señor, llega con fuerza" (Is 40, 11).

Muchas gracias.



[1] Visita a las Naciones Unidas, 18.4.2008.
[2] Concilio Vaticano II, Constitución Goudium et spes, 41.
[3] Juan XXIII, Encíclica Pacem in terris, 75
[4] Benedicto XVI, 10.12.2008.
[5] Concilio Vaticano II, Constitución Gaudium et spes, parte 1, cap. 1, nrs. 12-22; Declaración Dignitotis humanae, Preámbulo, sobre la Libertad Religiosa.
[6] Benedicto XVI, Discurso a la Asamblea General de las Naciones Unidas, 18.4.2008.
[7] Concilio Vaticano II, Declaración Dignitatis humanae, 1.
[8] Benedicto XVI, Encíclica Deus caritas est, 28.
[9] Ib. Discurso de 4.2.2008.
[10] Visita a las Naciones Unidas, 18.4.2008.
[11] Discurso a la Embajadora de Canadá ante la Santa Sede, 30.10.2008.
[12] Juan Pablo II, Carta a las Familias, 2.21.1994, nº 2.
[13] Discurso en el XX aniversario de la Carta Apostólica Mulieris dignitatem, 9.2.2008.
[14] Ib.
[15] Discurso al 56° Congreso Nacional de los Juristas Italianos, 9.12.2006.
[16] Discurso a la Conferencia Episcopal Francesa, 14.9.2008.
[17] Discurso al Cuerpo Diplomático acreditado ante la Santa Sede, 9 1.2006.
[18] Discurso al Embajador de Argentina ante la Santa Sede, 5.12.2008.
[19] Discurso a la Embajadora de los Estados Unidos ante la Santa Sede, 27.2.2008.



lunes, 2 de febrero de 2009

SECULARIDAD CRISTIANA Y DOCTRINA DE LOS DERECHOS HUMANOS


Secularidad cristiana y cultura de los derechos humanos

Arvo.net
Martin Rhonheimer, profesor de ética y filosofía política
01/02/09


La relación entre libertad y verdad debería ser respetada también por los medios de comunicación, sin por ello coartar su libertad —ni siquiera su libertad para la estupidez—, pero sí fomentando su sentido de responsabilidad y castigando democráticamente su abuso

En las páginas que a continuación siguen me propongo bosquejar cómo se relaciona la identidad cristiana —pensando principalmente en los católicos— con el secularismo político moderno y qué significa esa relación para la justificación pública de los derechos humanos.

Es bien sabido que la Iglesia católica sólo ha llegado a reconocer plenamente la secularidad del Estado y los principios políticos de la democracia constitucional como un logro cultural tras un largo periodo de mutua hostilidad y conflicto. pero al obrar así, la Iglesia se ha reconciliado con una parte esencial de su propio legado cultural, que está marcado por el dualismo, genuinamente cristiano, de poder espiritual y poder temporal y por la afirmación de la intrínseca secularidad del último. Esta evolución ha sido posible gracias a que ya en los primeros siglos de su existencia el cristianismo había asimilado el espíritu filosófico de la racionalidad y la cultura griegas y el espíritu racional del pensamiento jurídico romano.

Es bien sabido, asimismo, que mientras que el catolicismo y el protestantismo europeos estuvieron marcados por largas tradiciones modernas de alianzas entre «el trono y el altar» y de Estados confesionales, en los Estados Unidos de América el reconocimiento de la secularidad del poder estatal y del gobierno fue una característica del proyecto fundacional de la Constitución estadounidense desde sus primerísimos comienzos. Una religión no oficial fue parte de la solución que permitió encontrar un modo pacífico de unir en un proyecto constitucional común a ciudadanos y grupos sociales de ideas religiosas y filosóficas divergentes. En consecuencia, la religión llegó a convertirse en una fuerza constructiva en la vida pública estadounidense, y la secularidad del Estado y la religión no se percibieron como valores necesariamente incompatibles.

En Europa, en cambio, la religión fue considerada desde la Reforma protestante y las posteriores guerras de religión como un problema de primera magnitud. De aquí que la Ilustración europea y el constitucionalismo liberal llegasen a entender la libertad religiosa como un instrumento para asegurar la independencia y la secularidad del poder estatal en orden a neutralizar, si no a destruir, la posible influencia de la religión sobre la política. En el habitual modo europeo de entender las cosas, «secularidad» y «laicismo» significan frecuentemente una especie de credo político areligioso, que implica incluso la negativa a reconocer la tradición cristiana al menos como el legado cultural común que contiene los recursos que hicieron posible el Estado secular moderno.

Este carácter parcialmente anticristiano, e incluso anticatólico y antieclesiástico, de la Modernidad europea ha sobrevivido en algunas formas extremas de «laicismo» (adquiriendo su expresión más típica en Francia). Este proceso ha llevado a alternativas engañosas: se opone la «secularidad» a la «fe religiosa», el «derecho a la libertad religiosa» (incorrectamente identificado con el «indiferentismo religioso») a la «existencia de la verdad religiosa», etc. Ese mismo proceso ha llevado también a hacer una desafortunada equiparación ideológica e institucional de estas alternativas. La secularización del poder estatal, su independencia y autonomía, especialmente en las condiciones que carac terizan a la soberanía popular democrática, así como la secularización de la sociedad en el sentido de su desclericalización, fueron percibidas, desde un punto de vista religioso o incluso clerical, como dirigidas esencialmente contra la misión misma de la Iglesia. Con el Concilio Vaticano II, sin embargo, la Iglesia católica ha llegado a reconocer plenamente el Estado secular y neutral en lo religioso como un valor positivo y como un logro cultural, y también junto con ello la idea moderna de los derechos humanos. Me parece significativo que en su mensaje navideño dirigido a la curia romana el 22 de diciembre de 2005 Benedicto XVI no sólo se haya referido positivamente al «modelo de Estado moderno» originado en la Revolución americana, sino que también haya distinguido la segunda fase de la Revolución francesa —su fase jacobina o «radical»— «que ya no quería dejar prácticamente espacio alguno a la Iglesia» de su primera fase liberal-constitucionalista. Ahora bien, esa primera fase, caracterizada por la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, fue condenada en su momento por el papa Pío VI como apostasía nacional de la fe católica. Este cambio de actitud hacia la realidad terrena del Estado y de la política —que no ha sido un cambio en la doctrina de la fe— no es sólo una prudente adaptación, comprensible porque hoy en día la Iglesia católica existe en un entorno secular y pluralista. Según muestra la declaración del Concilio sobre la libertad religiosa, Dignitatis humanae, se trata más bien de un cambio de actitud que refleja un giro hacia lo que ahora se juzga como más congruente con el espíritu del Evangelio.

Sin embargo, a mi parecer, no todos los problemas quedan resueltos con este reconocimiento de la cultura política secular y de la idea moderna de los derechos humanos. Una pregunta crucial para los cristianos, planteada por la Modernidad, sigue sin respuesta. Se podría formular esa pregunta como sigue: «¿Qué significa para los cristianos participar como cristianos en una cultura política y en una vida pública definidas por la idea moderna de secularidad?». O bien, con otras palabras: «¿Es posible para un cristiano que cree en una verdad religiosa determinada y se adhiere a valores morales objetivos enraizados en ella participar en una cultura política definida por los valores seculares, el pluralismo y la neutralidad en lo tocante a esa verdad religiosa y a las exigencias morales que dependen de ella?».

El problema al que hacen referencia estas preguntas no es el problema del multiculturalismo. Es un problema muy distinto. El problema que suscitan estas preguntas concierne al simple hecho de que el pluralismo de la Modernidad occidental es la consecuencia de la libertad y de las instituciones liberales características de una sociedad que reconoce los derechos humanos. Ahora bien, el pluralismo así originado es también el resultado de un desacuerdo sobre cuestiones morales fundamentales legítimo y en ocasiones epistemológicamente comprensible. El pluralismo, por otra parte, es también el resultado de la ignorancia, del abuso de la libertad y de hábitos viciosos. No obstante, es esencial para la libertad política y la libertad civil que esté permitido usarlas mal: de otro modo, no existiría libertad alguna. Forma parte de una cultura política que acepta plenamente la libertad permitir también esta clase de pluralismo, dentro de ciertos límites definidos por la ley. La libertad política y la libertad civil que lo hacen posible no dejan por ello de ser valores políticos. El pluralismo está definido como una especie de variedad interna —religiosa, ideológica, también étnica— de una cultura política determinada y está enraizado en su suelo común (parte del cual podría ser la cultura de los derechos humanos). Por lo tanto, el pluralismo no es un riesgo para la cooperación social, la unidad ni la paz. El multiculturalismo, por otra parte, no es sencillamente pluralismo, sino precisamente la variedad consistente en la coexistencia en una misma sociedad de suelos culturales comunes, y por ello también de culturas políticas y jurídicas.

Es un grave problema y, como tal, no es posible aceptarlo sin poner en peligro el orden constitucional de una sociedad democrática. En suma: una sociedad multicultural en sentido estricto no es posible. Por esa misma razón, la vida pública internacional y la cultura de los derechos humanos presuponen un suelo cultural común. La cuestión es qué clase de suelo debe ser ése.

Precisamente los desafíos del multiculturalismo —planteados sobre todo por el fundamentalismo islamista en la medida en que es hostil al pluralismo secular— nos proporcionan la evidencia de que en la raíz del pluralismo occidental hay un fundamento común de valores, aunque ese fundamento está definido en la mayor parte de las ocasiones en términos políticos de un tipo estrictamente secular. La ciudadanía misma, que es un valor político y público básico, debe ser definida sobre un suelo común de valores culturales compartidos; no se la puede definir de un modo multicultural. La cultura moderna de los derechos humanos en la forma occidental de entenderlos deja su impronta en el modo de entender la ciudadanía de una manera concreta y específica que no está abierta a cualificación multicultural alguna. La ciudadanía entendida en estos términos es una especie de «absoluto político». Esta es la razón de que una «sociedad multicultural» en sentido estricto no resulte posible: ya que no podría definir «estándares» comunes de ciudadanía, ni los derechos, libertades y valores políticos correspondientes1.

En el modo europeo de entenderlo, la naturaleza de ese suelo común es la idea de ciudadanía liberal-democrática —«liberal» en un sentido amplio— que está estrechamente relacionada con libertades y derechos básicos que definen el estatus de los ciudadanos independientemente de sus identidades religiosas, culturales o étnicas. La variedad «multicultural » o el pluralismo en este nivel son imposibles. No existe un término medio o coexistencia, por ejemplo, entre la sharia por un lado y el modo secular occidental de entender el imperio de la ley. Creo que se puede aplicar esto mismo, mutatis mutandis, a la vida pública internacional.

También a mí me parece evidente que los cristianos, particularmente los católicos que creen sin reservas pueden y deben compartir el modo secular de entender la ciudadanía democrática moderna. Igualmente, deben participar en la implementación de los derechos humanos en el plano internacional. Sin embargo, lo harán —o, en mi opinión, deberían hacerlo— de una forma distinta de la que emplee, por ejemplo, un ciudadano ateo, agnóstico o sencillamente no creyente. El ideal de ciudadanía secular democrática de un cristiano podría ser lo que me gustaría denominar «secularidad cristiana». «Secularidad cristiana », según yo la entiendo, significa desarrollar la propia identidad cristiana y realizar la propia vocación cristiana en el contexto de una sociedad —y de una comunidad internacional— cuyas instituciones públicas están definidas de forma secular, aceptando plenamente —con la información y a la luz que proporciona la experiencia histórica— esa secularidad como un valor político y considerando esa aceptación parte integrante de la propia autocomprensión como cristiano. Para utilizar un término rawlsiano, «secularidad cristiana» significa para los cristianos entrar en un overlapping consensus o «consenso entrecruzado», que podría ser apoyado y alimentado epistemológicamente por las firmes convicciones morales y religiosas que albergan los cristianos, pero que no es idéntico a ellas ni se deriva de ellas. La secularidad cristiana, así definida, significa ser capaz de vivir una especie de «identidad diferenciada » o «doble» como cristiano y como ciudadano.

Es de notar que esa «identidad doble» o «diferenciada» no significa partirse uno en dos realidades existenciales, ni vivir una doble vida, ni tampoco, como ciudadano y primariamente en la esfera pública, dejar de comportarse y de tomar decisiones propias de un cristiano. «Doble identidad» significa, más bien, la capacidad (exigida a todos los ciudadanos) de cooperar políticamente en condiciones de desacuerdo, incluso profundo, sobre valores morales esenciales, y, con ello, de afrontar constructiva y pacientemente configuraciones concretas de pluralismo que el cristiano, en tanto que tal, podría considerar ajenas al verdadero bien común de la sociedad humana y necesitadas de cambio (por ejemplo, lo que Juan Pablo II denominó «cultura de la muerte»). También significa, asimismo, la capacidad de distinguir entre, por un lado, lo fundamental en el nivel de los valores políticos para una sociedad civil y para el bien común estrictamente político, y, por otra parte, lo más alto y, desde las propias convicciones religiosas y morales, más santo en el nivel de los valores. Por consiguiente, «doble identidad» significa la disposición a reconocer la legitimidad procedimental de las decisiones democráticas incluso cuando contradigan las propias convicciones fundamentales acerca del bien, y por tanto a apoyar como legítimas a instituciones políticas incluso cuando, en determinados casos, generen decisiones que uno mismo considere profundamente injustas y corruptoras del bien común. Esto, finalmente, implica la disposición a anular esas decisiones o enmendar esas instituciones solamente con medios legales, democráticos, tratando de convencer a otros ciudadanos de la razonabilidad de las propias demandas, lo cual, en realidad, refuerza la legitimidad de las instituciones democráticas (es decir, no actuar así solamente porque se considere improbable que los medios ilegales o incluso violentos tengan éxito).

En el pasado, esto de la «secularidad cristiana» se consideraba una paradoja. Así, era típico de los católicos reclamar el derecho a la libertad religiosa sólo para los católicos, y conceder a las otras creencias una prudente tolerancia. No encontraba aceptación el principio de reciprocidad implícito en la aceptación de una democracia constitucional, puesto que la tradición católica previa al Concilio Vaticano II no aceptaba como valor político la fundamental reciprocidad de las demandas de derechos políticos con independencia de que fuesen o no ejercitados de conformidad con la verdad. La reciprocidad es esencial también para una cultura de los derechos humanos en el plano internacional. Y es que presupone para los miembros de otras culturas y religiones algo análogo a lo que he denominado «secularidad cristiana».

La antes mencionada «doble identidad» como cristiano y como ciudadano no significa que sea necesario renunciar al carácter transformador del mundo que es propio del cristianismo, ni que los cristianos no tengan que hacer una contribución específica como cristianos a la conformación social y política de este mundo y, así, al contenido de la ciudadanía. Muy al contrario: la fe cristiana, basada en la fe en la encarnación del Verbo Divino, está llamada a seguir siendo una fuerza transformadora del mundo, pero en un mundo secularizado y de un modo secular. Un mundo secularizado es un mundo sin instituciones religiosas que, por razones espirituales, estén en condiciones de establecer efectivamente limitaciones de la soberanía de las instituciones políticas o de ejercer alguna forma de tutela políticamente institucionalizada. De igual modo, un mundo secularizado es un mundo en el cual los cristianos, siguiendo su conciencia bien formada, están llamados a cooperar codo con codo con todos los hombres, compartiendo con ellos su identidad común como ciudadanos y sin reclamar otros derechos que los que comparten con todos los ciudadanos.

La secularidad tiene consecuencias no sólo para la cooperación política de los ciudadanos en general —y, en el plano internacional, para la cooperación de las naciones, que pueden ser consideradas ciudadanas de una comunidad internacional— sino en primer lugar para la razón pública y los discursos justificativos públicos. Concierne al modo en que los «ciudadanos de fe»2 se relacionan con la cultura política pública. La mejor manera de ilustrarlo es tomar como ejemplo la justificación de los derechos humanos. Existen diferentes discursos acerca de los derechos humanos: discursos exclusivamente políticos, pero también discursos religiosos y metafísicos. De hecho, la Iglesia católica usa ambos. A veces se dice que los derechos humanos sólo se pueden fundamentar firmemente en la verdad metafísica sobre el hombre, o que su fundamentación estable presupone incluso la aceptación de la antropología cristiana, de conformidad con la cual el hombre ha sido creado a imagen de Dios. Sin embargo, dado el hecho del pluralismo moderno y del carácter multicultural de la plaza pública y de la vida política internacionales, proporcionaría una base política muy débil a los derechos humanos. Si su efectivo reconocimiento político y su validez jurídica necesitasen depender de supuestos metafísicos compartidos acerca de la naturaleza del hombre, o de un reconocimiento compartido de la verdad teológica de que ha sido creado a imagen de Dios, la posición política de los derechos humanos sería bien incierta y frágil. En realidad, los fundamentos metafísicos y teológicos estarían lejos de proporcionar un suelo común, y serían más bien objeto de disputas y desacuerdos, como lo son generalmente los asuntos metafísicos y teológicos.

El politólogo canadiense Michael Ignatieff arguye, por tanto, que la fuerza de una cultura basada en los derechos humanos está precisamente en suministrarles justificaciones exclusivamente políticas que sean lo más independientes que resulte posible de supuestos y pretensiones de verdad metafísicos o religiosos, y que apelen más bien a convicciones compartidas intuitiva y comúnmente acerca del carácter ventajoso de esos derechos: aunque no podamos ponernos de acuerdo acerca de por qué tenemos derechos, todos vemos de qué nos sirven en realidad y por qué los necesitamos, y esas «razones prudenciales para creer en los derechos humanos son mucho más seguras»3.

Esto puede sonar a provocación o incluso una muestra de cinismo —principalmente porque Ignatieff opone a la «política de los derechos humanos» la «idolatría de los derechos humanos»— pero en realidad es el modo en que tienden a funcionar las cosas en la moderna sociedad pluralista. La Modernidad secular, que es esencialmente pluralista, está necesitada de un mínimo fundamento para conseguir un máximo consenso. Según hemos mencionado más arriba, esto es incluso más verdadero cuando se aplica a la vida pública internacional en un mundo globalizado, que a la vez que es genuinamente multicultural está necesitado de «estándares» compartidos de justicia y de cooperación equitativa. En este sentido, el carácter secular de las organizaciones internacionales es una ventaja. En suma: la idea moderna de los derechos humanos es, en realidad, una concepción política basada en un fundamento justificativo relativamente tenue. Cuanto más ligada esté su justificación pública a premisas metafísicas y religiosas, menos capaz será de hacerse valer políticamente y de llegar a ser implementada universalmente.

Ahora bien, eso es sólo una verdad a medias. Es, por así decir, la mitad estrictamente política de la cuestión. La otra mitad, sin embargo, no es necesariamente idolatría o, como sugiere Michael Ignatieff, «imperialismo moral». La política vive, en realidad, de recursos morales que no pueden crearse a sí mismos. Además, muchos de esos recursos morales surgen, no sólo históricamente, sino también en la conciencia de los ciudadanos, de sus convicciones religiosas, o al menos están ligados a ellas. Este es el caso, o debería serlo, principalmente de los cristianos, cuyo credo, junto a su carácter sobrenaturalmente revelado, incluye también —al menos en su forma católica— una tradición de ley natural que posee en sí misma una dimensión política y secular, es decir, puramente racional. Por otra parte, la política misma es un tipo específico de comportamiento moral y debe ser evaluada en último término con criterios de moralidad. Así pues, incluso una cultura de los derechos humanos justificada en la esfera pública mediante valores exclusivamente políticos debe ser entendida por sus partidarios como un valor moral. Dado el carácter secularizado y pluralista —y, en el plano internacional, incluso multicultural— de la realidad política moderna, la justificación política reductiva es una necesidad política. No obstante, el pluralismo necesita fundamentos categóricos que no sean a su vez pluralistas o meramente políticos, o que al menos sean aptos para darle base sobre convicciones morales firmes y sobre la clase de discurso racional apoyado en la justicia que denominamos «ley natural»4.

Por consiguiente: ni una concepción política de la justicia justificada en el contexto de un «consenso entrecruzado» entre ciudadanos de distinta orientación filosófica y religiosa ni las instituciones correspondientes pueden vivir sin ser alimentadas con la sustancia moral de las creencias, credos y convicciones de quienes forman ese consenso. En este nivel de argumentación, estamos convencidos como cristianos de que sólo una fundamentación enraizada en la verdad metafísica acerca del hombre puede proporcionar a una cultura de los derechos humanos la base cognitiva última y estable y de que, por lo tanto, la secularidad cristiana tiene una misión crucialmente importante. Considerando las comprensibles dificultades que no sólo el catolicismo sino también amplias corrientes del protestantismo han tenido con la creciente cultura política de la Modernidad secular y la idea misma de los derechos humanos y la igualdad política civil, como cristianos tenemos que afirmar esto con una cierta humildad. Al mismo tiempo, sin embargo, como cristianos deberíamos tener lo que ha sido denominado «complejo de superioridad»5: deberíamos saber que, una vez aceptada la lógica del mundo secular y del pluralismo como resultado de la libertad, la revelación cristiana y la fe cristiana proporcionan el más fuerte apoyo cognitivo —y de ese modo, indirectamente, también político— a una cultura política basada en dar fuerza de ley a los derechos humanos. El magisterio de Juan Pablo II sobre los derechos humanos ha hecho su más decisiva contribución precisamente en ese plano y en ese sentido. Particularmente en su encíclica Centesimus annus encontramos la reconciliación de la Modernidad política secular (constitucionalismo, democracia, la prioridad de la libertad, los derechos humanos) con una fundamentación trascendental, metafísica y en último término religiosa de la base moral de la secularidad moderna6. Esta lógica de la política es necesaria y plenamente idónea para proporcionar una plataforma común a la cooperación de los ciudadanos en condiciones de pluralismo. Pero la lógica de esta política no es capaz de mantener en pie su legitimidad y rectitud morales sin tener raíces en algo que es esencialmente no sólo «político».

En lo que he denominado «secularidad cristiana » hay, así, una paradoja: es la paradoja de la necesidad existente en las sociedades seculares modernas y pluralistas y en la vida pública internacional de, a la vez, una justificación política minimalista de los derechos humanos, la justicia política, etc., y una concepción metafísica y ética de esas nociones que no sólo vaya mucho más allá de tales justificaciones meramente políticas, sino que también les preste apoyo.

A mi parecer, esta paradoja, en primer lugar, prueba la inesquivable validez del principio moderno —unilateral en su original forma hobbesiana — authoritas, non veritas facit legem, es decir, el principio de la primacía institucional, legal y práctica de lo político sobre lo metafísico. Ni que decir tiene que estoy lejos de abogar por la solución hobbesiana de este problema, que somete las pretensiones de verdad y las normas de justicia enteramente a la factualidad de la ley positiva7. Pero suscribo esa máxima en el sentido de reconocer la legitimidad democrática y, así, la validez legal de la ley aun en los casos en que se considere, dentro de ciertos límites, que es injusta, falsa y necesita ser anulada por medios igualmente legales y democráticos. Este es el precio que tenemos que pagar por la cooperación pacífica social e internacional, la prosperidad, la justicia —siempre imperfecta— y, sobre todo, la libertad política y civil. Sin embargo, este precio es más bien bajo y, ciertamente, es razonable pagarlo. Según sabemos por la historia, las alternativas son la continua amenaza de guerra civil o bien, en otros casos, la represión autoritaria o incluso totalitaria en nombre de alguna ideología que pretende estar en posesión de la verdad, y, en el plano internacional, la dominación injusta y la guerra.

En segundo lugar, y precisamente por la razón de la inevitable primacía práctica de lo político sobre lo metafísico, se debe reforzar entre los ciudadanos la verdad acerca del hombre. Justamente porque la libertad política en el plano nacional y los derechos de participación en las organizaciones internacionales se definen y legitiman por su relación no con la verdad moral y religiosa, sino con valores políticos como la paz, la libertad, la igualdad, la eficiencia económica, el desarrollo, etc., la conciencia de la relación de la libertad con la verdad se debe reforzar en el nivel no político o prepolítico. Se la debe cultivar primariamente en la familia y, en general, en la educación. El sistema educativo de la sociedad no puede seguir la lógica pluralista y meramente política de la justificación pública, aunque también tiene que respetar valores fundamentales de libertad civil e igualdad. La educación tiene que promover virtudes morales. Mientras que la política y la ley hablan predominantemente el idioma de los «derechos» (que, por supuesto, siempre generan deberes de terceros), la educación y las virtudes morales deben, principal aunque no exclusivamente, hablar el idioma de los deberes y del compromiso con lo verdaderamente bueno. Finalmente, la relación entre libertad y verdad debería ser respetada también por los medios de comunicación, sin por ello coartar su libertad —ni siquiera su libertad para la estupidez—, pero sí fomentando su sentido de responsabilidad y castigando democráticamente su abuso: la manipulación y la estupidez se deberían castigar mediante las leyes del mercado, es decir, rehusando consumir productos que ofendan a la dignidad humana o sencillamente sean indecorosos.

De este modo, «secularidad cristiana» significa reconocer la secularidad de las instituciones políticas y simultáneamente apoyarlas, e incluso impregnarlas con la sustancia moral de la fe cristiana y de la rectitud; ello debe tener lugar principalmente en el nivel regulado por la ley natural, que, como tal, no es «cristiana», sino sencillamente humana, si bien hoy en día son sobre todo los cristianos quienes la promueven y defienden. Por ejemplo: garantizar legalmente un derecho al aborto y apoyar con el sistema público de salud las correspondientes decisiones es, ciertamente, un gran mal, y se opone al bien común de la sociedad humana, pero de ello no tienen la culpa la cultura política democrática o la secularidad del Estado, sino que, antes bien, es un problema de la sociedad civil y de su sistema predominante de valores, que hace posibles tales leyes o tal jurisprudencia. Es exacta y predominantemente en este nivel donde el fermento cristiano está llamado a hacerse notar, y en el plano internacional a veces encuentra aliados en otras culturas.

De este modo, la famosa y tan denostada frase de Ernst-Wolfgang Böckenförde de que el Estado secular moderno vive de presuposiciones que él mismo no puede crear ni garantizar pudiera ser invocada una vez más, e incluso extendida a la vida pública internacional y a sus instituciones de autoorganización política: esas presuposiciones son la sustancia moral de sus ciudadanos y de la sociedad como un todo, y también de naciones enteras8. Es en este nivel, donde yo veo el papel de la Iglesia como institución jerárquica con autoridad: actuar a través de sus enseñanzas y de su atención pastoral sobre las conciencias de los ciudadanos, pero no participar directamente en la política misma. Implicarse en política es tarea de los laicos cristianos, y lo harán como ciudadanos, pero como ciudadanos de fe, ejercitando por ello sus derechos políticos libre y responsablemente9.

En mi opinión, aún tenemos que descubrir el moderno ciudadano cristiano para el que el carácter secular de la vida pública y del pluralismo no es sencillamente una molestia o incluso un atropello, sino que se siente en él como en casa y reconoce el pluralismo, en cuanto resultado de la libertad política, como un valor político fundamental que ha de ser defendido. La secularidad, sin embargo, no es un proyecto consistente en secularizar la plaza pública en el sentido de una ideología de laicismo que aspire a la ausencia en la misma de cualquier referencia a la religión o a los valores religiosos.

La secularidad no es libertad respecto de la religión, sino libertad religiosa, que sólo es posible si el Estado ni entra en una alianza con un credo religioso, ni sucumbe a tentaciones de definir o incluso imponer una verdad religiosa. Admito que libertad religiosa también significa proteger de la religión las instituciones públicas que encarnan el poder coercitivo del Estado. No obstante, para obtenerla, no se necesita una cultura pública de «no religión», «antirreligión», «agnosticismo» o cosas parecidas. Lo que se necesita, en vez de eso, es una conciencia pública no sólo de la incompetencia del poder coercitivo del Estado para definir y sancionar la verdad religiosa, sino también, y simultáneamente, de la importancia que tiene para la sociedad estar formada por ciudadanos que mantengan firmes convicciones morales —estén o no enraizadas en una religión— que den soporte y alimento a la cultura política secular. El ideal del Estado secular y de la cultura política secular no corre peligro por semejante presencia de la religión en la vida pública nacional e internacional.

Así, incluso en el marco de la secularidad y del pluralismo modernos hay muchas posibilidades de integrar las creencias religiosas y las pretensiones de verdad metafísica con un modo democrático, constitucional y liberal (en el sentido amplio del término) de entender la vida política. La conformación concreta de esa integración, en el plano de cada país, dependerá de las tradiciones y particularidades de las diferentes naciones. En presencia de los desafíos del multiculturalismo, esencialmente la presencia en países europeos de un creciente número de ciudadanos musulmanes que no comparten el legado común occidental y cristiano, Europa tendrá que cobrar conciencia de sus raíces cristianas, no para «recristianizar» la vida pública en el sentido de invertir el proceso de secularización moderna y discriminar a los no cristianos, sino exactamente al contrario: para mantener y, si es necesario, defender la fuerza pacificadora e integradora de una cultura política secular basada en los derechos humanos y en las libertades políticas fundamentales.

Quizá vaya resultando cada vez más obvio que necesitamos recordar las raíces cristianas de la secularidad y de la cultura política modernas precisamente para defenderlas con éxito y seguir desarrollándolas en su secularidad misma. Sobre esa base podremos también como ciudadanos ofrecer una integración real a quienes posean un origen cultural distinto del nuestro: sin urgirles a que entren en una cultura cristiana, pero también sin negar que este mundo moderno secular es un fruto maduro de la índole civilizadora histórica del cristianismo capaz de llegar a ser patrimonio global en un mundo multicultural.

Qué suceda finalmente en el plano de la vida pública internacional no puede ser sino una reacción a la exitosa acomodación entre religión, cultura y valores seculares en la vida de las distintas naciones.


Texto integro de la ponencia elaborada por Martin Rhonheimer, profesor de ética y filosofía política en la Universidad Pontificia de la Santa Cruz (Roma), para el simposio «Una disparidad creciente. Raíces cristianas vivas y olvidadas en Europa y los EE.UU.», celebrado en Viena en 2006, dentro de un ciclo de sesiones sobre los principios rectores de la vida pública internacional. La traducción del original en inglés ha sido realizada por José Mardomingo. Publicado en Nueva Revista,


N O T A S


1 Ver mi trabajo «Cittadinanza multiculturale nella democrazia liberale: le proposte di Ch. Taylor, J. Habermas e W. Kymlicka», en Acta Philosophica 15:1 (2006), 29-52.
2 Tomo esta expresión de John Rawls, «The Idea of Public Reason Revisited», en Rawls, The Law of Peoples, with «The Idea of Public Reason Revisited» (Cambridge, Mass.: Harvard University Press, 1999).
3 Michael Ignatieff, Human Rights as Politics and Idolatry (Princeton: Princeton University Press, 2001), 55.
4 Ver mi conferencia de 2005 (Notre Dame Law School) sobre la ley natural (de próxima publicación) The Political Ethos of Constitutional Democracy and the Place of Natural Law in Public Reason: Rawls’s «Political Liberalism» Revisited, «The American Journal of Jurisprudence» 50 (2005).
5 Esta expresión era usada frecuentemente por San Josemaría Escrivá.
6 Cf. Russell Hittinger, «The Pope and the Liberal State», First Things 28 (Dec. 1992), 33-41. 7 Ver mis estudios «Autoritas non veritas facit legem: Thomas Hobbes, Carl Schmitt und die Idee des Verfassungsstaates», Archiv für Rechts- und Sozialphilosophie, 86 (2000), y La filosofia politica di Thomas Hobbes. Coerenza e contraddizioni di un paradigma (Roma: Armando, 1997).
8 E.-W. Böckenförde, Die Entstehung des Staates als Vorgang der Säkularisation, en E.-W. Böckenförde, Staat, Gesellschaft, Freiheit. Studien zur Staatstheorie und zum Verfassungsrecht (Frankfurt/M.:Suhrkamp, 1976), 60.
9 Cf. mi trabajo «Laici e cattolici: oltre le divisioni. Riflessioni sull’essenza della democrazia e della società aperta», Fondazione Liberal, n. 17 (2003), 108-116.