domingo, 8 de febrero de 2009

EL ENIGMA DEL DARWINISMO SOCIAL.



El enigma del darwinismo social
Por Salvador Giner, presidente del Institut d´Estudis Catalans (LA VANGUARDIA, 08/02/09):


El mundo del saber no habría de ser ya igual a partir del año 1859. Hasta quienes más les place hacer hincapié en la dimensión anónima y colectiva del avance científico se ven obligados a aceptar la fulminante aportación de una sola y sencilla teoría, la expuesta por Charles Darwin en El origen de las especies, de 1859. A pesar de lo radicalmente nuevo de su hipótesis, ni siquiera el mismo Darwin escapó al influjo de las ideas de otros sabios.

Así, El origen es deudor directo de la ciencia social, y en especial de la obra de Malthus, con su noción central de lucha por la vida opor la existencia. Más tarde, en su segunda gran obra, La ascendencia del hombre, de 1871, las ideas de su admirado amigo el sociólogo Herbert Spencer pesaron con igual fuerza. Por su parte, el evolucionismo moderno hunde sus raíces en un filósofo como Spinoza, del siglo XVII.

La deuda con la ciencia social de la deslumbrante idea de Darwin fue saldada inmediatamente por su vasta repercusión en las ciencias humanas. Estudiosos de todos los ámbitos quisieron incorporar el descubrimiento del naturalista inglés a sus propias teorías. La admiración de Karl Marx por Darwin fue inmensa. En todas las ciencias sociales, desde la etnología hasta la politología, desde la sociología hasta la historia, surgió un afán por incorporar un evolucionismo ajustado a nociones como las de selección natural, lucha por la vida y supervivencia de los mejor dotados, a las interpretaciones más científicas de la sociedad humana.

Retrospectivamente contemplamos hoy la aportación de toda esa compleja corriente con suave escepticismo. Pero el mayor tributo que le rendimos no se halla en su rechazo, sino en la aparición de un neoevolucionismo sociológico mucho más cauto, más riguroso y menos grandioso en sus ambiciones, que está produciendo aportaciones interesantes.

La visión de la sociedad humana como espacio esencialmente conflictivo es muy antigua. Las teorías sociológicas más interesantes sobre la dinámica social hacen hincapié, desde mucho antes de Charles Darwin, en la lucha por los recursos escasos, el dominio de unos hombres sobre otros, la consolidación de élites, la subordinación de ciertas clases a otras, la marginación o exclusión sociales y, naturalmente, la guerra, la concurrencia económica - despiadada a veces-y la liza que caracterizan nuestra historia desde siempre. La hipótesis y las explicaciones de Darwin vinieron a reforzar esa vieja tradición “conflictivista” de análisis de los asuntos humanos. La enriquecieron notablemente, aunque, en algunos casos, introdujeron algunas simplificaciones de estilo sociobiológico que la investigación posterior se ha encargado de corregir, matizar y superar.

Por otra parte, lo malo de aportaciones del calibre de la de Darwin - o la de Marx, a la de Freud-es la de su fácil, inevitable tal vez, transformación y degeneración vulgar en mera ideología. Si el mensaje del Evangelio de San Mateo nunca impidió el horror de la Santa Inquisición, tampoco el de Darwin - que no es un mensaje moral-impidió que fuera tergiversado por tirios y troyanos. No pocos tirios - capitanes de industria, depredadores capitalistas de tierras vírgenes, fabricantes privados de armamento-consideraron su riqueza y preeminencia resultado de su superioridad natural en la lucha por la vida, y apelaron al nombre de Charles Darwin para justificarse.

Tampoco la izquierda socialista se salvó del desastre: sabemos que los abusos de la eugenesia en Escandinavia, influidos por un entendimiento erróneo de que la selección natural debía ser complementada por la artificial, produjeron estragos de los que lo mejor es acordarse, en lugar de olvidarse.

El darwinismo social no es cosa del pasado. Así, durante la larga fase neoliberal y neoconservadora que ha conducido a la presente recesión económica, vivíamos en un neodarwinismo social vulgar, larvado e inconfesable, en el que, casi siempre privadamente, gentes responsables aceptaban las disfunciones - es decir, los daños, los descalabros-de la dinámica económica y en gran medida política con la resignación de que era un proceso presuntamente natural del que saldríamos todos ganando con el triunfo de los más competitivos, mejor dotados, más potentes, más eficaces.

Todo ello sin corregir, por imperativo moral, y aunque fuera de modo reformista y pacífico, las injusticias del mundo y la desigualdad brutal de oportunidades que sufre la mayor parte de la raza humana.

Hora es ya de desvelar el enigma que se esconde en ese haz complicado, e inmensamente influyente, de ideas que cubre el darwinismo social. Es hora de señalar cuáles de entre ellas son perniciosas, acientíficas o enteramente falsas. Y cuáles, sin duda alguna, responden a una agradable aproximación a la siempre inalcanzable verdad.

¿VUELVE KEYNES?


¿Vuelve Keynes?
Por Ignacio Sotelo, catedrático excedente de Sociología (EL PAÍS, 07/02/09):


La crisis ha recuperado dos de los elementos esenciales del keynesianismo: el papel central del Estado para que funcione el mercado y el recurso al déficit para salir de la depresión. ¿Vuelve un Keynes triunfante, después de que a finales de los 70 hubiese sido desplazado por el liberalismo a ultranza de un Friedrich von Hayek, o un Milton Friedman?

En los años 50 y 60, en “la edad de oro del Estado de bienestar”, pocos se hubieran atrevido a dudar de que la prosperidad que se vivía, en contraste con lo ocurrido en los años de entreguerras, no se debiera a un keynesianismo que, paradójicamente, no hubo necesidad de poner en práctica. Cuando en 1974 estalla la crisis -el detonador fue la guerra árabe-israelí, que cuadriplicó los precios del petróleo- hubo que enfrentarse a la conjunción de tres males -recesión, inflación y desempleo-, sin que las fórmulas keynesianas dieran los resultados esperados. El premier laborista, James Callaghan, llegó a manifestar en septiembre de 1976: “Estamos acostumbrados a pensar que podemos escapar a la recesión y aumentar el empleo rebajando los impuestos y aumentando el gasto. Lo digo con la mayor sinceridad, esta opción ya no existe, si es que alguna vez existió, porque el resultado ha sido siempre una mayor inflación. Y cada vez que esto sucede aumenta el nivel medio de desempleo”.

En vez de empeñarse en mantener a cualquier coste el pleno empleo, el Gobierno laborista trató de crear las condiciones adecuadas para que el mercado desplegase una mayor eficiencia. Importa poner énfasis en que fue el laborismo el que enterró el keynesianismo, al aceptar la preeminencia del mercado, la contención monetarista y una “tasa natural” de desempleo. Asoció el pleno empleo con el estancamiento y la pobreza que traería consigo una sociedad más igualitaria y solidaria. Había que elegir entre igualdad y pobreza o riqueza y desigualdad. Entre 1945 y 1950 los laboristas montaron el Estado de bienestar basado en el pleno empleo, pero también lo clausuraron cuando se desprendieron del keynesianismo entre 1976 y 1979.

Conviene recordar que la máxima preocupación de Keynes era cómo conseguir el pleno empleo de los recursos disponibles, tanto humanos como de capital. Un paro crónico, incluso masivo en momentos de crisis, constituía a sus ojos el punto más débil del capitalismo, que a la larga no podría durar si produjese un desempleo perpetuo. Pese a las restricciones a las libertades individuales, el socialismo tendría la ventaja de garantizar trabajo para todos.

Al mostrar que la inversión no está ligada al ahorro, sino a las perspectivas de ganancia, Keynes critica el supuesto equilibrio entre producción y consumo que había constatado la economía clásica, en función de la cual el desempleo desciende si bajan los salarios y en general los costos de producción. Keynes recalca que si se bajan los salarios, al encogerse la demanda global, se obtiene el efecto contrario: más paro. Además, una política de achicamiento de los salarios no sólo es poco razonable, es que ni siquiera resulta factible. Bajar los salarios, con los conflictos sociales que comporta, sólo se lograría en un régimen autoritario que hubiera suprimido, entre otras, la libertad sindical.

Sin embargo, en los últimos lustros se ha defendido como política de empleo el ajuste a la baja de los salarios, favoreciendo el despido libre, aunque en la mayor parte de los países de nuestro entorno, pese a las presiones neoliberales, no se haya pasado de meros amagos. Ningún gobierno está dispuesto a provocar una sarta de conflictos sociales apoyando una reducción seria de los salarios nominales. De que desciendan ya se ocupa el paro… y la inflación de que bajen los reales.

Keynes fue muy consciente de que la apertura a los mercados internacionales lleva un alto riesgo para el pleno empleo, lo que explica su empeño en mantener las economías nacionales bajo un control estricto. En primer lugar, había que impedir, si fuera preciso incluso con medidas proteccionistas, que la apertura al exterior arrasase la industria básica establecida. “¡Hace mucho tiempo que no soy un librecambista, y no creo que nadie lo sea ya en el viejo sentido de la palabra!”. Importa retener que el modelo keynesiano, en determinadas circunstancias y por un tiempo limitado, reclama medidas proteccionistas para garantizar el pleno empleo.

Keynes no sólo plantea, si fuese preciso, volver al proteccionismo, sino que pone en tela de juicio la prerrogativa exclusiva del empresario de decidir en qué y cuándo invierte su dinero, algo que atañe a la esencia misma del capitalismo. La aporía intrínseca del sistema radica en que no puede mantener el pleno empleo sin garantizar previamente las inversiones de la manera más conveniente para la economía nacional, y no simplemente para el interés del inversor. Y no hay “mano invisible” que haga converger el interés general con el egoísmo individual. Keynes fue claro: “Creo que una socialización bastante completa de las inversiones será el único medio de aproximarse a la ocupación plena”.

Mantener el pleno empleo exige una mayor inversión, pero la privada aumenta o disminuye según sea la eficiencia marginal del capital, que, en todo caso, debe fluctuar por encima de la tasa de interés. Pese a que muchos la consideren la única opción posible, en el fondo nada tan opaco y vacilante como la inversión privada para eliminar el paro. Nadie invierte para crear puestos de trabajo, por mucho que una monserga constante insista en que la inversión privada es el factor principal para reducir el paro. En vísperas de elecciones, los partidos prometen bajar los impuestos para aumentar los beneficios de las empresas, lo que, dicen, redundará en inversiones que creen puestos de trabajo, como si hubiese una relación directa entre cuantía del capital disponible y monto de las inversiones. Se invierte para maximizar unos beneficios que, como expectativas verosímiles, han de vislumbrarse en el horizonte, y que son mayores cuanta menos mano de obra haya que emplear.

La socialización de las inversiones es parte integrante de una política keynesiana de pleno empleo, punto en el que la socialdemocracia no se atrevió nunca a ser consecuentemente keynesiana. Por el bien de la economía de mercado no habría otra salida que socializar las inversiones, es decir, suprimir la iniciativa individual, justamente, el elemento más propio y constitutivo del capitalismo.

Las dos recetas que ofrece Keynes para garantizar el pleno empleo -proteccionismo y socialización de las inversiones- no encajan en el capitalismo en su forma liberal primigenia, pero mucho menos la primera en la época de la globalización y la segunda cuando se ha hundido el movimiento obrero.

Pero también resulta innegable que “los principales inconvenientes de la economía en que vivimos son su incapacidad para procurar la ocupación plena y su arbitraria y desigual distribución de la riqueza y los ingresos”. Dos cuestiones centrales que Keynes trató de encauzar, pero con la experiencia del último medio siglo ha quedado bien claro que, lejos de haberse resuelto, se han agravado muchísimo.

¿Vuelve Keynes? En la crisis que ha desencadenado la total desregularización, los dueños de los bienes financieros y de producción necesitan dinero público en cantidades ingentes. Amenazan con que, de no recibirlos, podría ocurrir que se derrumbase el sistema. Pero aun en situación tan extrema, de ningún modo están dispuestos a asumir el más elemental de sus principios, a saber, que el que pone el dinero adquiere la propiedad y decide. El Estado, con el dinero de todos, estaría obligado a salvar bancos y empresas, pero la propiedad, y con ella la capacidad de decidir, debe quedar en manos privadas.

Pronto se oirá otra vez la cantilena de que el Estado es bueno para subsidiar y, si las cosas se ponen mal, incluso tiene que hacerse cargo de las cuantiosas deudas acumuladas, pero ya se sabe, es un pésimo gestor. No habría alternativa a la actividad libre de la empresa privada, aunque, mientras no lo pueda evitar, está dispuesta a soportar un cierto control público.

La relectura que se hace de Keynes para justificar el enorme endeudamiento público que conlleva las ayudas a bancos y grandes empresas contradice por completo las intenciones de Keynes. Lo más grave es que la socialdemocracia de nuestros días haga suya esta interpretación.

NICOLÁS DE CUSA. EL CARDENAL QUE SE ADELANTÓ A GALILEO Y A DA VINCI




www.forumlibertas.com/Cultura
15/05/2006
Francesc Gómez Morales
El cardenal que se adelantó a Galileo y a Da Vinci


Apasionado de la matemática y consejero de tres papas, Nicolás de Cusa hacía ciencia copernicana 150 años antes que Galileo y Copérnico.

Uno de los tópicos en historia de la ciencia es pensar que se pasa del “oscurantismo” medieval al nacimiento de la ciencia moderna de manera súbita. De la noche a la mañana surge un grupo de hombres extraordinarios que deciden darle la vuelta a nuestra manera de ver el mundo: Galileo, Kepler, Descartes… Es cierto que sus aportaciones supusieron una “revolución” pero no es menos cierto que cada uno de ellos (como todo hombre de ciencia) debe gran parte del éxito de su trabajo a sus predecesores.

Un “eslabón perdido” con nombre y apellidos

Existe por tanto una transición real, y no un salto abrupto, entre la manera de hacer ciencia de la Edad Media y las revoluciones de la Edad Moderna. Si tuviéramos que darle nombre y apellidos a nuestro “eslabón perdido” sin duda elegiríamos a Nikolaus Krebs, más conocido por Nicolás de Cusa. Iserloh lo describe de manera muy plástica: “está en el otoño de la Edad Media, pero también en la primavera de los tiempos modernos”.

Nació en 1401 en la ciudad alemana de Krebs (Cusa en latín). A los dieciséis años recibió la tonsura clerical y viajó por Europa estudiando gramática y filosofía, para obtener finalmente el doctorado en Derecho Canónico en Padua a la edad de 22 años. Paralelamente había nacido en él la pasión por las matemáticas y las ciencias naturales.

Una anécdota de su insaciable curiosidad científica la encontramos en su estancia en Colonia. Visitando la biblioteca de la cartuja encontró el Liber contemplationis de Ramón Llull, una de las figuras más eximias del medioevo hispano. No dejó escapar la oportunidad: se interesó por la obra y tomó diversas anotaciones.

Precursor del “giro copernicano”

Nicolás de Cusa mantuvo que la Tierra no era el centro del mundo y, basándose en la observación de los eclipses, que ésta era menor que el Sol y mayor que la Luna. También afirmó que el Sol, la Tierra y los demás cuerpos celestes se encuentran en movimiento y difieren en sus velocidades. También propuso la rotación terrestre como explicación al ciclo de los días. Por todo ello se le puede considerar con justicia un precursor de Copérnico. Sus intuiciones e ideas influyeron no sólo en éste sino en figuras tan ilustres como Kepler, Leonardo da Vinci y Giordano Bruno.

Un “argumento de autoridad” para Descartes

El libro más famoso de Nicolás de Cusa es “De docta ignorantia” (expresión prestada de san Agustín y san Buenaventura). En él expone una epistemología y una teología muy diferente de la tradicional. Llega a afirmar que el mundo es una imagen de Dios y su Trinidad. Partiendo de esta base postula la infinitud del espacio. Cuando más tarde Descartes proponga un espacio-tiempo infinito acudirá a Nicolás como argumento de autoridad para respaldar sus tesis.

Nuestro hombre no dudaba en “flirtear” con el concepto de infinito, imprescindible para las matemáticas contemporáneas. De hecho fue el primero que presentó el círculo como un polígono de lados infinitos (tal como se explica hoy día).

Adelantado a Galileo en la crítica a la escolástica

En uno de sus libros Nicolás de Cusa reprocha a la Filosofía de la Naturaleza escolástica (embrión de la Física actual) su incapacidad para medir (mensurare). Afirma que todo conocimiento científico debe estar fundamentado en la medición, otorgando a la geometría un papel protagonista en la ciencia.

La escolástica había recogido de Aristóteles una manera de hacer ciencia muy especulativa y poco experimental, en la que se recurría frecuentemente a la autoridad de los clásicos.

Nicolás de Cusa proponía recurrir a la “autoridad de las mediciones”. Por ello se esforzó por mejorar aparatos de medida (el reloj, la balanza) e inventó otros como el batómetro, que sirve para evaluar rápidamente la profundidad de ríos y lagos.

Muchas de sus sugerencias fueron realizadas en tiempos de Galileo, casi 150 años después. Nicolás de Cusa y Galileo compartieron la misma crítica a la manera de la escolástica de enfocar la filosofía de la naturaleza y abrieron el camino a la ciencia experimental, si bien es Galileo quien normalmente se lleva todo el mérito.

Y todo ello sin dejar de ser un gran hombre de Iglesia

Nicolás de Cusa fue obispo y cardenal y un hombre de confianza para los papas Nicolás V, Eugenio IV y Pío II. Fue nombrado legado pontificio y se le encomendó una misión muy ecuménica: lograr la unión con los griegos. Otro encargo de la Santa Sede fue lograr la firma de un concordato con el Imperio Austro-Húngaro, empresa que culminó con éxito. Fue Obispo de Brixen (Alemania) y tuvo que sufrir durante todo su mandato la oposición feroz de los poderes políticos. De hecho, acabó sus días en el exilio.

La vida de Nicolás es una prueba “empírica” de que la entrega y el servicio abnegado y constante a Cristo y a su Iglesia no sólo no es un impedimento para el desarrollo de la ciencia, sino que constituye una guía y estímulo para ésta.

CONFERENCIA DE CARDENAL BERTONE SOBRE DERECHOS HUMANOS



ZS09020504 - 05-02-2009
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Cardenal Rouco: El compromiso de la Iglesia con los Derechos Humanos


Introducción a la conferencia del cardenal Bertone en Madrid





MADRID, jueves 5 de febrero de 2009 (ZENIT.org).- Publicamos las palabras de introducción dirigidas por el cardenal Antonio María Rouco Varela, presidente de la Conferencia Episcopal Española y arzobispo de Madrid, a la conferencia que pronunció este jueves el cardenal Tarcisio Bertone, secretario de Estado, sobre "Los Derechos Humanos en el Magisterio de Benedicto XVI".




* * *





Eminencia,
Señores Cardenales y Obispos,
Señoras y Señores:

Sean mis primeras palabras en nombre de los Obispos de la Conferencia Episcopal Española de bienvenida cordial y fraterna al Señor Cardenal Secretario de Estado a esta sede de la Conferencia Episcopal Española, inaugurada por el Siervo de Dios, el inolvidable Juan Pablo II, después de su llegada a Madrid el 31 de octubre del año 1982, como el primer acto oficial de aquella primera, larga e inolvidable visita a España del 31 de octubre al 9 de noviembre de 1982. Venía como "Testigo de Esperanza" y guardamos su memoria, no sin emoción viva y agradecida, en nuestros corazones. De nuevo visitaría esta casa para hablar a los Obispos españoles el 15 de junio de 1993 con motivo de su cuarta y penúltima visita apostólica a España con ocasión de las conmemoraciones del V Centenario de la Evangelización de América.

Palabras también de sentida gratitud, querido Sr. Cardenal, por haber aceptado nuestra invitación a presidir el acto con el que la Conferencia Episcopal Española quería unirse a las iniciativas de la Santa Sede con motivo de la conmemoración del LX Aniversario de la aprobación de la "Declaración Universal de los Derechos Humanos" el 10 de diciembre de 1948 en las Naciones Unidas.

Nuestro saludo y nuestra gratitud se dirige también a todos ustedes, personalidades de los distintos ámbitos de nuestra vida social, que han tenido la deferencia de responder a nuestra invitación para este solemne acto en número y cualificación tan notables.

La "Declaración Universal de los Derechos Humanos" había sido aprobada cuando la humanidad estaba saliendo de la hora quizá más oscura y trágica de su historia. Se trataba de abrir un camino jurídico universal para labrar y garantizar el futuro de la paz mundial, asegurando por la vía jurídica del derecho internacional el reconocimiento y cumplimiento universal de los derechos de la persona humana por parte de la comunidad internacional y de cada uno de sus Estados miembros.

La "Declaración Universal de los Derechos Humanos", hito excepcional en la historia de la conciencia ética y jurídica de la humanidad, inauguraba, sin duda, un nuevo capítulo de la misma. La propia organización de las Naciones Unidas promovería desde el primer momento su desarrollo y puesta en práctica. El primer y más importante resultado de este esfuerzo político y jurídico cuajaría en la aprobación por la Asamblea General el 16 de diciembre de 1966 del "Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales" y del "Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos". El éxito de la Declaración en el terreno formal jurídico del nuevo derecho constitucional que se va imponiendo a lo largo y a lo ancho del mundo después de la II Guerra Mundial es muy grande, al menos en la letra de los textos de las leyes constitucionales aprobadas. En realidad, desde esa fecha del 10 de diciembre de 1948 hasta hoy mismo, se fue haciendo impensable un ordenamiento legal de la constitución política del Estado, de cualquier Estado, que no incluyese como elemento esencial el reconocimiento de los derechos humanos. No fue tan claro y exhaustivo su éxito en el campo de su aplicación práctica. De las previsiones y prescripciones normativas, fuese cual fuese su rango formal-jurídico, a su aceptación y observancia en el campo de la vida social y personal diaria, se daba -y se continuará dando- no sin frecuencia lamentable un largo trecho. En la práctica constitucional de áreas geopolíticas completas, hasta la caída del Muro de Berlín el 9 de noviembre de 1989, no se logró por parte de los Estados alcanzar el mínimo de aquellas garantías substantivas y procesales que permitiesen hablar de una recepción elemental de los Derechos Humanos proclamados por las Naciones Unidas. Hoy es el día en el que no se ha conseguido aún establecer un sistema de garantías eficaces del cumplimiento de los derechos fundamentales del hombre ni por la vía del derecho interno de todos los Estados que forman el mapa geopolítico mundial, ni tampoco por la propia vía del derecho internacional. El trecho cultural, ético y espiritual que tienen que recorrer actualmente las sociedades y las personas en la asimilación existencial y viva del respeto a la dignidad inviolable de la persona humana y de sus derechos es todavía muy grande. El fenómeno del hambre y de la pobreza en el mundo, agravada por la crisis económica, sigue ensombreciendo el presente y el inmediato futuro de la familia humana. El derecho a la vida, los derechos relativos al matrimonio y a la familia y el derecho a la libertad religiosa atraviesan momentos de incertidumbre no sólo práctica, sino también teórica. El problema de una fundamentación intelectual de los derechos de la persona humana capaz de poner al abrigo de oscilaciones y veleidades históricas su legitimidad y vigencia ética y prepolítica, anteriores a su formalización positiva en el ordenamiento jurídico del Estado, sigue abierto y acuciante. El jusnaturalismo filosófico y teológico, que influyó tanto en su explicación doctrinal en los años cincuenta y comienzos de los sesenta del pasado siglo, ha ido cediendo el paso a variados juspositivismos de nuevo cuño.

La Iglesia acogió y apoyó desde el primer memento, doctrinal y pastoralmente, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en cuya raíz histórica era fácil descubrir el influjo del pensamiento de sus más preclaros teólogos y juristas de la Escuela de Salamanca. La actuación del Magisterio Pontificio fue decisiva al respecto. Desde la acogida inmediata y calurosa que Pío XII le prestó a la Declaración, explicitada y desarrollada por extenso en las dos famosas Encíclicas "Mater et Magistra" y "Pacem in Terris" del Beato Juan XXIII, hasta el Pontificado de nuestro Santo Padre Benedicto XVI, se despliega toda una línea doctrinal de enseñanza social que tiene como momento culminante el Concilio Vaticano II y que se expresa con una creciente y luminosa claridad doctrinal y con una no menos creciente fuerza moral y espiritual por Pablo VI y por el prolongado y vigoroso Magisterio Social de Juan Pablo II. Los principios doctrinales enseñados por el Concilio Vaticano II en la Constitución Pastoral sobre la Iglesia en el mundo actual "Gaudium et Spes" acerca de la dignidad de la persona humana, sobre el matrimonio y la familia, el mundo de la cultura y del trabajo, de la comunidad política y del orden internacional, concretados de forma incisivamente renovadora en la Declaración sobre la libertad religiosa "Dignitatis Humanae" y sobre la educación "Gravissimum educationis", constituirán la base teológica y el eje sistemático de la doctrina pontificia ulterior sobre los derechos fundamentales de la persona humana y sobre la verdad y el valor de la noción de bien común. El proceso histórico contemporáneo de la formación de esta doctrina social de la Iglesia, girando en torno al imperativo antropológico y moral de los derechos humanos, fue acompañado por un compromiso de vida y misión con el respeto, la defensa, promoción activa de la persona humana y de sus derechos fundamentales en cualquier tiempo y lugar en los que se encontrasen violados y menospreciados. La entrega generosa y sacrificada de tantos sacerdotes, consagrados y consagradas y de fieles laicos a la causa de los más desfavorecidos en cualquier parte del mundo están bien a la vista de las personas de buena voluntad.

Este compromiso contemporáneo de la Iglesia Católica con el reconocimiento cultural y moral, prepolítico, de los derechos humanos, teórico y práctico, y de su respuesta filosófico-teológica a la grande y actual cuestión de sus fundamentos doctrinales ha encontrado en el Magisterio y en las orientaciones pastorales de nuestro Santo Padre Benedicto XVI un nuevo y extraordinario momento de iluminación intelectual y de su comprensión y puesta en práctica en las actuales y críticas circunstancias del momento presente de la Humanidad. Nadie mejor ni más autorizadamente podría hablarnos y exponernos las líneas maestras de su pensamiento y de su acción apostólica en esta materia tan sensible, urgente y decisiva para el presente y el futuro de la humanidad en justicia, solidaridad y la paz que su más estrecho colaborador en el gobierno pastoral de la Iglesia Universal, su Secretario de Estado, Su Eminencia el Cardenal Tarcisio Bertone. Su biografía académica y pastoral, por otra parte, vinculada en los primeros y fecundos años de su juventud y madurez sacerdotal y de religioso salesiano a la enseñanza universitaria del derecho público eclesiástico y del derecho Internacional en el Pontificio Ateneo Salesiano de Roma, del que fue su Rector Magnífico, y en el ejercicio de su ministerio episcopal como Arzobispo de Vercelli, primero; luego, como Secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe y, finalmente, como Cardenal de la Santa Iglesia Romana y Arzobispo de Génova, le han capacitado cualificadamente para esa tarea de servicio tan excepcional, vinculado al Papa y a la difusión privilegiada de su Magisterio.

Por todo ello, Eminencia Reverendísima, permítame concluir estas palabras de saludo, reiterándole nuestra calurosa y fraternal bienvenida a la sede de esta Conferencia Episcopal y de agradecimiento sentido y cordial. ¡Muchas gracias, Eminencia!

Madrid, 5 de febrero de 2009









ZS09020503 - 05-02-2009
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CONFERENCIA DEL CARDENAL BERTONE EN MADRID SOBRE DERECHOS HUMANOS

Texto íntegro del secretario de Estado de Benedicto XVI



MADRID, jueves 5 de febrero de 2009 (ZENIT.org).- Ofrecemos a continuación el texto íntegro del discurso pronunciado este jueves por el cardenal Tarsicio Bertone, secretario de Estado de Benedicto XVI, durante su visita a España, en la sede de la Conferencia Episcopal (CEE).

El discurso, cuyo contenido ha sido difundido por la Conferencia, se leyó dentro de un acto de conmemoración del 60 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El título de la conferencia es: "Los Derechos Humanos en el Magisterio de Benedicto XVI".


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Eminencias, 
Altezas Reales, 
Excelencias, 
Apreciados Invitados, Señoras y Señores.

Agradezco la invitación que me han hecho a participar en este acto que conmemora el 600 Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, y que debe considerarse un momento de importancia fundamental en la maduración de la conciencia moral de la humanidad, en consonancia con la dignidad de la persona. Se trata de poner de relieve, una vez más, la importancia que la Santa Sede atribuye al reconocimiento y a la tutela de los derechos fundamentales de la persona humana y resaltar el compromiso de los católicos con la defensa y promoción de los Derechos Humanos.

Soy portador de un cordial saludo y bendición a todos Ustedes de Su Santidad el Papa Benedicto XVI, que me consta espera con ilusión la celebración en España de la Jornada Mundial de la Juventud, que tendrá lugar en Madrid en agosto de 2011. El Santo Padre les anima a preparar con entusiasmo tan magno evento, de gran importancia para todos los jóvenes del mundo.

Quiero expresar mi gratitud al Cardenal Antonio M Rouco Varela y a la Conferencia Episcopal Española, por la organización de este significativo acto, que me ofrece, además, la oportunidad de visitar nuevamente España.

La Iglesia ha tomado muy en serio la cuestión de los derechos humanos. El deseo de paz, la búsqueda de la justicia, el respeto de la dignidad de la persona, la cooperación y la asistencia humanitaria, expresan las justas aspiraciones del espíritu humano. En este sentido, todavía resuena en nosotros el eco de las palabras que el Papa Benedicto XVI dirigió a la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, el pasado 18 de abril, cuando señalaba que la Declaración Universal "fue el resultado de una convergencia de tradiciones religiosas y culturales, todas ellas motivadas por el deseo común de poner a la persona humana en el corazón de las instituciones, leyes y actuaciones de la sociedad, y de considerar al hombre esencial para el mundo de la cultura, de la religión y de la ciencia".

1. Aportaciones del cristianismo y de la doctrina social de la Iglesia

Los Derechos Humanos nacen de la cultura europea occidental, de indudable matriz cristiana. No es casualidad. El cristianismo heredó del judaísmo la convicción, plasmada en la primera página de la Biblia, de que el ser humano es imagen de Dios. Por ello, la Iglesia ha dado su propia contribución, tanto con la reflexión sobre los Derechos Humanos a la luz de la Palabra de Dios y de la razón humana, como con su compromiso de anuncio y de denuncia, que la ha convertido en una defensora infatigable de la dignidad del hombre y de sus derechos, también en estos sesenta años que nos separan de la Declaración de 1948.

Los Sumos Pontífices han expresado en numerosas ocasiones el aprecio de la Iglesia católica por el gran valor de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Pablo VI, en su visita a las Naciones Unidas, el 4 de octubre de 1965, después de mostrar su convencimiento de que "la ONU representa el camino obligado de la civilización moderna y de la paz mundial", se expresaba así frente a los Representantes de las Naciones: "Lo que vosotros proclamáis aquí son los derechos y los deberes fundamentales del hombre, su dignidad y libertad y, ante todo, la libertad religiosa".

Juan Pablo II se dirigió en dos ocasiones a la Asamblea General de las Naciones Unidas. En la primera, el 2 de octubre de 1979, a propósito de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, afirmó que este documento "es una piedra miliar en el largo y difícil camino del género humano".

En su segunda visita, el 5 de octubre de 1995, Juan Pablo II, recordó que: "existen realmente unos derechos humanos universales, enraizados en la naturaleza de la persona, en los cuales se reflejan las exigencias objetivas e imprescindibles de una ley moral universal. Lejos de ser afirmaciones abstractas, estos derechos nos dicen más bien algo importante sobre la vida concreta de cada hombre y de cada grupo social. Nos recuerdan también que no vivimos en un mundo irracional o sin sentido, sino que, por el contrario, hay una lógica moral que ilumina la existencia humana y hace posible el diálogo entre los hombres y entre los pueblos".

El Santo Padre Benedicto XVI[1], dirigiéndose a la Asamblea General de las Naciones Unidas, recordando expresamente el 60° Aniversario de la Declaración Universal, tras señalar que "tiene el mérito de haber permitido confluir en un núcleo fundamental de valores y, por tanto, de derechos, a diferentes culturas, expresiones jurídicas y modelos institucionales", nos recuerda que "los derechos humanos son presentados cada vez más como el lenguaje común y el sustrato ético de las relaciones internacionales. Al mismo tiempo, la universalidad, la indivisibilidad y la interdependencia de los derechos humanos sirven como garantía para la salvaguardia de la dignidad humana. Sin embargo, es evidente que los derechos reconocidos y enunciados en la Declaración se aplican a cada uno en virtud del origen común de la persona, la cual sigue siendo el punto más alto del designio creador de Dios para el mundo y la historia. Estos derechos se basan en la ley natural inscrita en el corazón del hombre y presente en las diferentes culturas y civilizaciones. Arrancar los derechos humanos de este contexto significaría restringir su ámbito y ceder a una concepción relativista, según la cual el sentido y la interpretación de los derechos podrían variar, negando su universalidad en nombre de los diferentes contextos culturales, políticos, sociales e incluso religiosos".

La Iglesia Católica, que "en virtud del Evangelio que se le ha confiado, proclama los derechos del hombre y reconoce y estima en mucho el dinamismo de la época actual, que está promoviendo por todas partes tales derechos"[2], ha visto en la Declaración, conforme al Magisterio pontificio, un "signo de los tiempos", considerándola "un paso importante en el camino hacia la organización jurídico-política de la comunidad mundial."[3]

2. Declaración Universal de los Derechos Humanos

Las grandes preocupaciones en el mundo tras el final de la segunda guerra mundial, con las gravísimas consecuencias de todos conocidas, supusieron un punto de inflexión en la conciencia de las Naciones y en nuestra historia reciente. Su fruto se materializó en San Francisco (Estados Unidos), con la firma de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas, el 5 de agosto de 1945, que formuló el principio de una promoción o protección internacional de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Tres años más tarde, el 10 de diciembre de 1948, fruto de un intenso trabajo, propiciado por las circunstancias y los desastres a que la guerra había llevado a los pueblos europeos del siglo XX, se aprobó la Declaración Universal, con el respaldo de la inmensa mayoría de los 58 países que entonces configuraban este Organismo internacional.

Todo hombre vive de un entramado de sueños y realidades. Todos aspiran hoy a una vida donde reine la paz y la justicia. Cuando defienden un derecho no mendigan un favor, reclaman lo que les es debido por el solo hecho de ser hombre. Por eso se llaman derechos naturales, innatos, inviolables e inalienables, valores inscritos en el ser humano. Por esta significación profunda y por su radicación en el ser humano, los derechos humanos son anteriores y superiores a todos los derechos positivos. De aquí que el poder público quede sometido, a su vez, al orden moral, en el cual se insertan los derechos del hombre.

Esta Declaración representa la expresión escrita de las bases en que se fundamenta el Derecho de las naciones, las leyes de la humanidad y los dictados de la conciencia pública adaptados al espíritu del Tercer milenio. Los problemas han dejado de ser nacionales y las soluciones justas han de esperarse también internacionalizadas. Todo esto supone un progreso de la humanidad y, en tal sentido, la Declaración se ha convertido en un referente universal de justicia a escala planetaria.

En el acto organizado por el Pontificio Consejo "Justicia y Paz" en el 600 Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Santo Padre Benedicto XVI[4], después de recordar que este documento "constituye aún hoy un altísimo punto de referencia del diálogo intercultural sobre la libertad y los derechos humanos", insistió que, "en última instancia, los derechos humanos están fundados en Dios Creador, el cual dio a cada uno la inteligencia y la libertad. Si se prescinde de esta sólida base étíca, los derechos humanos son frágiles porque carecen de fundamento sólido".

La celebración del 60° Aniversario de la Declaración constituye, por consiguiente, una ocasión para verificar en qué medida los ideales aceptados por la mayor parte de la comunidad de las Naciones de 1948, son respetados hoy en las diversas legislaciones nacionales y, más aún, en la conciencia de los individuos y de las colectividades.

3. Ley natural

Cuando el Magisterio de la Iglesia habla de los derechos humanos no se olvida de fundarlos en Dios, fuente y garantía de todos los derechos, ni tampoco se olvida de enraizarlos en la ley natural. La fuente de los derechos no es nunca un consenso humano, por notable que sea. Benedicto XVI, en el Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2007, enseña que "El reconocimiento y el respeto de la ley natural son también hoy la gran base para el diálogo entre los creyentes de las diversas religiones, así como entre los creyentes e incluso los no creyentes". La ley natural interpela nuestra razón y nuestra libertad, porque ella misma es fruto de verdad y de libertad: la verdad y la libertad de Dios. La sociedad tiene necesidad de reglas acordes con la naturaleza humana, pero también tiene necesidad de relaciones fraternas.

No bastaría una interpretación positivista que redujera la justicia a legalidad, y entendiera así los derechos humanos como resultado exclusivo de medidas legislativas. Benedicto XVI insistió en esta misma idea en el acto organizado por el Pontificio Consejo "Justicia y Paz", al que nos hemos referido con anterioridad, señalando que "la ley natural, inscrita por Dios en la conciencia humana, es un común denominador a todos los hombres y a todos los pueblos; es una guía universal que todos pueden conocer. Sobre esa base todos pueden entenderse".

4. Dignidad del hombre

El Concilio Vaticano II lo afirma reiteradas veces: "El hombre tiene hoy una conciencia cada vez mayor de la dignidad de la persona humana."[5] Los derechos humanos se presentan hoy día como una de las vías de acceso a la dignidad de la persona, y como cauce necesario para su promoción en la sociedad y la instauración de la justicia y la paz en todos los niveles. La dignidad humana es como la piedra angular de todo el edificio de la Declaración Universal, que comienza con estas palabras: "El reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos iguales e inalienables constituye el fundamento de la libertad, de la justicia y de la paz en el mundo". Libertad, justicia y paz eran los tres grandes valores humanos que había que recuperar de una vez para siempre. En el párrafo quinto del Preámbulo, se pone de manifiesto que "en la Carta, los pueblos de las Naciones Unidas han proclamado de nuevo su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de los hombres y de las mujeres, y se han declarado resueltos a favorecer el progreso social y a instaurar mejores condiciones de vida dentro de una libertad mayor".

La Iglesia, siguiendo los dictámenes de su propia doctrina social, argumentada a partir de lo que es conforme a la naturaleza de todo ser humano, "siente que tiene el deber -en palabras de Benedicto XVI- de despertar en la sociedad las fuerzas morales y espirituales, contribuyendo a abrir las voluntades a las exigencias auténticas del bien".


5. Universalidad, indivisibilidad y protección

Contra las predicciones de los escépticos, esta Declaración, que no era obligatoria, enseguida demostró su fuerza moral. Se convirtió en la principal inspiración del movimiento a favor de los derechos humanos en todos los países, y sigue siendo el punto de referencia más importante para debates sobre derechos humanos a nivel internacional.

El actual Romano Pontífice, en perfecta continuidad con el pensamiento de su predecesor, subraya que los derechos humanos son universales, se aplican a todos en virtud del origen común de la persona. En realidad, la nota de universalidad es una consecuencia ínsita en el propio concepto de derechos humanos: si los derechos humanos son aquellos que se atribuyen al hombre por el mero hecho de serlo, resulta evidente que han de ser reconocidos a todos los que reúnan esta condición (cfr. Preámbulo Declaración Universal y arts. 2 y 6). El reconocimiento de la universalidad pertenece, pues, al núcleo mismo de la doctrina sobre los derechos humanos.

El Santo Padre Benedicto XVI pone su énfasis en la indivisibilidad, que constituye una nota esencial de los derechos humanos, al mismo nivel que la universalidad. Y lo explica con una frase que encierra un profundo contenido: "La Declaración fue adoptada como un ‘ideal común' (preámbulo) y no puede ser aplicada por partes separadas, según tendencias u opciones selectivas que corren simplemente el riesgo de contradecir la unidad de la persona humana y, por tanto, la indivisibilidad de los derechos humanos."[6]

El Santo Padre pone de relieve, en primer lugar, la responsabilidad que incumbe al Estado: todo Estado tiene el deber primario de proteger a la propia población frente a las violaciones de los derechos humanos. Es decir, le incumbe un papel activo en la defensa y protección de los derechos, hasta el punto de que esta es su misión esencial. Y si el Estado fracasa en el ejercicio de esa responsabilidad, ésta ha de ser asumida por la comunidad internacional: "Si los Estados no son capaces de garantizar esa protección, la comunidad internacional ha de intervenir con los medios jurídicos previstos por la Carta de las Naciones Unidas y por otros instrumentos internacionales". Por tanto, "los derechos humanos han de ser respetados corno expresión de justicia, y no simplemente porque pueden hacerse respetar mediante la voluntad de los legisladores". 


6. Derechos que se reconocen

En nuestros días, hay un proceso continuo y radical de redefinir los derechos humanos individuales en temas muy sensibles y esenciales, como la familia, los derechos del niño y de la mujer, etc. Debemos insistir en que los derechos humanos están "por encima" de la política y también por encima del "Estado-nación". Son verdaderamente supranacionales. Ninguna minoría ni mayoría política puede cambiar los derechos de quienes son más vulnerables en nuestra sociedad o los derechos humanos inherentes a toda persona humana. Como enseña el Concilio Vaticano II, "la verdad no se impone de otra manera que por la fuerza de la misma verdad."[7]

La protección jurídica de los derechos humanos debe ser así una prioridad para cada Estado. Con palabras de Benedicto XVI: "La justicia es el objeto y, por tanto, también la medida de toda política. La política es más que una simple técnica para determinar los ordenamientos públicos: su origen y su meta están precisamente en la justicia, y ésta es de naturaleza ética."[8] Nos recuerda el Papa, así, que no puede existir un orden social o estatal justo si no respeta la justicia, y la justicia sólo puede alcanzarse con un previo respeto a los Derechos Humanos y a la dignidad natural de cada hombre, de cada persona humana, con independencia de la fase de su vida en que se encuentre.

7. Derecho a la vida

La dignidad del ser humano, el tema clave de toda la doctrina social de la Iglesia, implica, entre otras cosas, el respeto a la vida desde su concepción hasta su ocaso natural.

El cristiano debe amar y desear la vida, como camino hacia Dios. Benedicto XVI, en la Jornada por la Vida de la Conferencia Episcopal Italiana[9], recordaba que "La vida, que es obra de Dios, no debe negarse a nadie, ni siquiera al más pequeño e indefenso y mucho menos si presenta graves discapacidades". Por lo mismo, no podemos "caer en el engaño de pensar que se puede disponer de la vida hasta legitimar su interrupción, enmascarándola quizá con un velo de piedad humana. Por tanto, es necesario defenderla, tutelarla y valorarla en su carácter único e irrepetible".

En el derecho a la vida nos encontramos frente a un panorama completamente nuevo con respecto a la época en que se aprobó la Declaración Universal, sobre todo a causa del desarrollo de las ciencias y de las tecnologías, con numerosos instrumentos técnicos para decidir sobre la vida y sobre la muerte. Se plantea la necesidad de recuperar el sentido pleno de la acogida de la vida.

Benedicto XVI, en su visita a las Naciones Unidas,[10] se refirió a los avances científicos y sus límites: "No obstante los enormes beneficios que la humanidad puede recabar de los descubrimientos de la investigación científica y tecnológica, algunos aspectos de dicha aplicación representan una clara violación del orden de la creación, hasta el punto en que no solamente se contradice el carácter sagrado de la vida, sino que la persona humana misma y la familia se ven despojadas de su identidad natural". En este sentido, habría que recordar, junto a tantos investigadores y científicos, que las nuevas fronteras de la bioética no imponen una elección entre la ciencia y la moral, sino que más bien exigen un uso moral de la ciencia.

En otro contexto, el Santo Padre ha recordado que la libertad "no puede ser invocada para justificar ciertos excesos", que podrían llevar a "una regresión en el concepto de ser humano,"[11] especialmente en cuestiones como la vida y la familia. El Papa, después de deplorar, una vez más, los continuos ataques perpetrados en todos los continentes contra la vida humana, mostró su convencimiento de que "una cultura de la vida", especialmente en cuanto a la defensa de la vida y de la familia, "podría revitalizar de nuevo el conjunto de la existencia personal y social". 



8. Familia y educación

La familia es una institución a tutelar por el Estado. En la mayor parte de los Pactos y Convenciones internacionales se reconoce el derecho de la familia a ser protegida por la sociedad y por el Estado (Declaración Universal, art. 16.3).

"La familia se configura como la célula primaria y vital de la sociedad de quien dependen su salud y su fortaleza. Es lógico que la sociedad sea la primera interesada en desarrollar una cultura que la tenga como cimiento seguro, como el primer y más importante camino común del hombre, ya que éste viene al mundo en el seno familiar y, consecuentemente, a él le debe su propio existir como ser humano."[12] Nunca podrá olvidarse que la familia es la fuente fecunda de la vida, el presupuesto primordial e irreniplazahie de la felicidad individual de los esposos, de la formación de los hijos y del bienestar social, así como de la misma prosperidad material de la nación.

La Iglesia proclama que la vida familiar está fundada sobre el matrimonio de un hombre y una mujer, unidos por un vínculo indisoluble, libremente contraído, abierto a la vida humana en todas sus etapas, lugar de encuentro entre generaciones y de crecimiento en sabiduría humana.

En la familia, afirmaba el Papa al conmemorar el XX aniversario de la Carta Apostólica "Mulieris dignitatem,"[13] "la mujer y el hombre, gracias al don de la maternidad y de la paternidad, desempeñan juntos un papel insustituible con respeto a la vida. Desde su concepción, los hijos tienen el derecho de poder contar con el padre y con la madre, que los cuiden y los acompañen en su crecimiento. Por su parte, el Estado debe apoyar con adecuadas políticas sociales todo lo que promueve la estabilidad y la unidad del matrimonio, la dignidad y la responsabilidad de los esposos, su derecho y su tarea insustituible de educadores de los hijos". Se han de adoptar, también, medidas legislativas y administrativas que sostengan a las familias en sus derechos inalienables, necesarios para llevar adelante su extraordinaria misión.

Con relación a la igual dignidad y responsabilidad de la mujer respecto al hombre, el Santo Padre, recordó que aún persiste una mentalidad que ignora la novedad del cristianismo: "Hay lugares y culturas donde la mujer es discriminada o subestimada por el solo hecho de ser mujer, donde se recurre incluso a argumentos religiosos y a presiones familiares, sociales y culturales para sostener la desigualdad de sexos, donde se perpetran actos de violencia contra la mujer, convirtiéndola en objeto de maltratos y de explotación en la publicidad y en la industria del consumo y de la diversión. Ante fenómenos tan graves y persistentes, es más urgente aún el compromiso de los cristianos de hacerse por doquier promotores de una cultura que reconozca a la mujer, en el derecho y en la realidad de los hechos, la dignidad que le compete".[14]

La familia es la verdadera escuela de humanidad y de valores perennes, lugar primario en la educación de la persona. En este sentido, se ha de remarcar que es a la familia, y más concretamente, a los padres, a quienes compete por derecho natural la primera tarea educativa, y a los que se debe respetar el derecho a elegir la educación para sus hijos acorde con sus ideas y, en especial, según sus convicciones religiosas. Sobre el particular y, en concreto, sobre la enseñanza religiosa en la escuela, Benedicto XVI ha destacado que es "un derecho inalienable de los padres asegurar la educación moral y religiosa de sus hijos". La enseñanza confesional de la religión en los centros públicos resulta acorde con el principio de laicidad, porque no supone adhesión ni, por tanto, identificación del Estado con los dogmas y la moral que integran el contenido de esta materia. Asimismo, este tipo de enseñanza no es contraria al derecho de libertad religiosa de los alumnos y de sus padres, debido a su carácter voluntario.

8. Libertad religiosa. Relaciones con la Comunidad Política

El respeto inexcusable hacia la dignidad humana implica la defensa y la promoción de los derechos del hombre, y exige el reconocimiento de la dimensión religiosa del mismo. La libertad religiosa (Declaración, art. 18), como derecho primario e inalienable de la persona, es el sustento de las demás libertades, su razón de ser. La libertad religiosa traspasa el horizonte que trata de limitarla a una parcela íntima, a una mera libertad de culto o a una educación inspirada en valores cristianos, para solicitar al ámbito civil y social, libertad para que las confesiones religiosas puedan ejercer su misión. Asimismo resulta básico comprender la libertad religiosa como la condición primera e indispensable para la paz. Son piedras angulares del edificio de los derechos humanos, elementos básicos del bien común y de la solidaridad. La paz hunde sus raíces en la libertad y en la apertura a la verdad.

El Estado democrático no es neutral respecto a la libertad religiosa misma, sino que, al igual que respecto a las demás libertades públicas, ha de reconocerla y crear las condiciones para su efectivo y pleno ejercicio por parte de todos los ciudadanos. Y justamente, en virtud de este respeto y apuesta positiva por la libertad religiosa, ha de ser, en cambio, absolutamente neutral respecto de todas las diversas particulares opciones que ante lo religioso los ciudadanos adopten en uso de esa libertad. Querer imponer, como pretende el laicismo, una fe o una religiosidad estrictamente privada es buscar una caricatura de lo que es el hecho religioso. Y es, por supuesto, una injerencia en los derechos de las personas a vivir sus convicciones religiosas como deseen o como éstas se lo demanden.

Recordaba Benedicto XVI[15] a los participantes en el 56° Congreso Nacional de Juristas Italianos, que "no es expresión de laicidad, sino su degeneración en laicismo, la hostilidad contra cualquier forma de relevancia política y cultural de la religión; en particular, contra la presencia de todo símbolo religioso en las instituciones públicas". Tampoco es signo de "sana laicidad", "negar a la comunidad cristiana, y a quienes la representan legítimamente, el derecho de pronunciarse sobre los problemas morales que hoy interpelan la conciencia de todos los seres humanos, en particular de los legisladores y juristas. En efecto, no se trata de injerencia indebida de la Iglesia en la actividad legislativa, propia y exclusiva del Estado, sino de la afirmación y defensa de los grandes valores que dan sentido a la vida de la persona y salvaguardan su dignidad. Estos valores, antes de ser cristianos, son humanos, por eso ante ellos no puede quedar indiferente y silenciosa la Iglesia, que tiene el deber de proclamar con firmeza la verdad sobre el hombre y sobre su destino". En definitiva, se trata de mostrar que sin Dios el hombre está perdido, que excluir la religión de la vida social, en particular la marginación del cristianismo, socava las bases mismas de la convivencia humana, pues antes de ser de orden social y político, estas bases son de orden moral.

La Iglesia se muestra respetuosa ante la justa autonomía de las realidades temporales, pero pide la misma actitud con respeto a su misión en el mundo y a las variadas manifestaciones personales y sociales de sus fieles, artífices en gran medida de la solidaridad comunitaria y de una ordenada convivencia. El Estado no puede reivindicar competencias, sean directas o indirectas, sobre las convicciones íntimas de las personas ni tampoco imponer o impedir la práctica pública de la religión sobre todo cuando la libertad religiosa contribuye de forma decisiva a la formación de ciudadanos auténticamente libres.

"La Iglesia -en palabras de Benedicto XVI- no reivindica el puesto del Estado. No quiere sustituirle. La Iglesia es una sociedad basada en convicciones, que se sabe responsable de todos y no puede limitarse a sí misma. Habla con libertad y dialoga con la misma libertad con el deseo de alcanzar la libertad común. Gracias a una sana colaboración entre la comunidad política y la Iglesia, realizada con la conciencia y el respeto de la independencia y de la autonomía de cada una en su propio campo, se lleva a cabo un servicio al ser humano con miras a su pleno desarrollo personal y social."[16]

Desgraciadamente, nos dice Benedicto XVI, "la libertad religiosa está lejos de ser asegurada efectivamente por doquier: en algunos casos se la niega por motivos religiosos o ideológicos; otras veces, aunque se la reconoce teóricamente, es obstaculizada de hecho por el poder político o, de manera más solapada, por el predominio cultural del agnosticismo y del relativismo."[17]

El Santo Padre, en su discurso ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, al que ya nos hemos referido varias veces, resaltó que "los derechos humanos deben incluir el derecho a la libertad religiosa, entendido como expresión de una dimensión que es al mismo tiempo individual y comunitaria, una visión que manifiesta la unidad de la persona, aun distinguiendo claramente entre la dimensión de ciudadano y la del creyente". "Es inconcebible, por tanto, que los creyentes tengan que suprimir una parte de sí mismos -su fe- para ser ciudadanos activos. Nunca debería ser necesario renegar de Dios para poder gozar de los propios derechos". Por lo demás, continuó el Santo Padre, "no se puede limitar la plena garantía de la libertad religiosa al libre ejercicio del culto, sino que se ha de tener en la debida consideración la dimensión pública de la religión y, por tanto, la posibilidad de que los creyentes contribuyan a la construcción del orden social".

En este sentido, "la Iglesia, sin pretender convertirse en un sujeto político, aspira, con la independencia de su autoridad moral, a cooperar leal y abiertamente con todos los responsables del orden temporal en el noble diseño de lograr una civilización de la justicia, la paz, la reconciliación, la solidaridad, y de aquellas otras pautas que nunca se podrán derogar ni dejar a merced de consensos partidistas, pues están grabadas en el corazón humano y responden a la verdad."[18] Por ello, siguió explicando el Papa, "la presencia de Dios tanto en la conciencia de cada hombre como en el ámbito público es un apoyo firme para el respeto de los derechos fundamentales de la persona y la edificación de una sociedad cimentada en ellos". El único objetivo de la Iglesia es servir al hombre, inspirándose, como norma suprema de conducta, en las palabras y en el ejemplo de Jesucristo, que "pasó haciendo el bien y curando a todos" (Hch 10,38).

Al concluir esta parte de mi exposición, en la cual he tratado de la relación entre el ordenamiento democrático y la libertad religiosa, es preciso hacer una aclaración.

Frecuentemente el principio de igualdad referido a las confesiones religiosas es entendido por algunos como uniformidad de tratamiento jurídico de esas por parte de la ley civil. No es una interpretación correcta: el principio de igualdad, en efecto, se vulnera si se tratan situaciones iguales de modo diverso, pero también si se tratan situaciones diversas de igual manera.

El principio de igualdad requiere por tanto que por parte del ordenamiento estatal haya una disciplina jurídica de las confesiones religiosas respetuosa con sus peculiaridades, teniendo también presente el arraigamiento cultural e histórico que cada una tiene en la sociedad.

9. Conclusiones

Históricamente hablando, el acierto principal de la Declaración Universal consistió en haber afirmado solemnemente ante la entera humanidad que la paz de los pueblos, tras dos terribles guerras mundiales, habría que buscarla basando l cooperación internacional y la construcción de un mundo más fraterno en el respeto incondicional a la dignidad de la persona humana y a sus libertades fundamentales. Los derechos humanos, cuya eficacia debe estar garantizada por brotar inmediatamente de la dignidad de la persona humana, son universales, inviolables e inmutables. En definitiva, la Declaración Universal representa la expresión escrita de las bases en que se fundamenta el Derecho de las naciones, las leyes de la humanidad y los dictados de la conciencia pública adaptados al espíritu del Tercer milenio. 
Sin duda, se ha recorrido un largo camino, pero queda aún un largo tramo por completar: cientos de millones de hermanos y hermanas nuestros ven cómo están amenazados sus derechos a la vida, a la libertad, a la seguridad; no siempre se respeta la igualdad entre todos ni la dignidad de cada uno, mientras se alzan nuevas barreras por motivos relacionados con la raza, la religión, las opiniones políticas u otras convicciones.

Sin embargo, en todos los casos, la comunidad humana también está llamada a ir más allá de la mera justicia, manifestando su solidaridad a los pueblos más pobres, con la preocupación de una mejor distribución de la riqueza, sobre todo en tiempos de grave crisis económica. La experiencia de la historia de la humanidad, y específicamente de la cristiandad, nos lleva a reconocer, con Benedicto XVI, que "el futuro de la humanidad no puede depender del simple compromiso político,"[19] sino que debe ser consecuencia del reconocimiento de la dignidad de la persona humana, hombre y mujer, con el fin de crear las condiciones adecuadas, para una vida realizada en plenitud en la sociedad en la que vive. Por su parte, la Iglesia hace todo los esfuerzos posibles para aportar su contribución al bienestar general, a veces en situaciones dificiles. Su mayor deseo es continuar incansablemente prestando ese servicio al hombre, a todo hombre, sin discriminación alguna.

La Iglesia se felicita de la creciente preocupación en el mundo actual por la protección de los Derechos Humanos, que corresponden a cada persona por su misma dignidad natural desde el momento mismo de su concepción en el seno materno hasta su muerte de forma natural.

Por ello es necesario salvaguardar la dignidad de la persona humana, propugnar una amplia visión de las relaciones sociales que incluya el diálogo Estado-Iglesia, que refuerce la colaboración con las instituciones civiles para el desarrollo integral de la persona y el derecho a la libertad religiosa, que facilite el libre ejercicio de la misión evangelizadora de la Iglesia y que señale el deber de la sociedad y del Estado de garantizar espacios donde los creyentes puedan vivir y celebrar sus creencias. En este contexto, la Iglesia pide hacia su misión en el mundo, manifestada en variadas formas individuales y comunitarias, la misma actitud de respeto y autonomía que ella muestra hacia las realidades temporales.

En cuanto al compromiso de la Iglesia por los derechos humanos puede darse un malentendido: el de concebir a la misma Iglesia como una especie de institución humanitaria. En realidad el compromiso de la Iglesia por los derechos humanos no es un signo de secularización. Esto ya ha sido bien aclarado en los discursos pronunciados por Pablo VI, Juan Pablo II y Benedicto XVI en la ONU, que apenas he recordado. El compromiso de la Iglesia por los derechos humanos tiene razones precisas e inherentes a su propia misión; se inscribe en la solicitud de la Iglesia por el hombre en su dimensión integral. Podríamos decir que el motivo último y fundamental por el cual la Iglesia se interesa por los derechos humanos es de orden ético y religioso.

Me complace terminar mi intervención con las mismas palabras de Benedicto XVI, pronunciadas en el Angelus del domingo 7 de diciembre de 2008: "Para las poblaciones agotadas por la miseria y el hambre, para las multitudes de prófugos, para cuantos sufren graves y sistemáticas violaciones de sus derechos, la Iglesia se pone como centinela sobre el monte alto de la fe y anuncia: "Aquí está vuestro Dios. Mirad: Dios, el Señor, llega con fuerza" (Is 40, 11).

Muchas gracias.



[1] Visita a las Naciones Unidas, 18.4.2008.
[2] Concilio Vaticano II, Constitución Goudium et spes, 41.
[3] Juan XXIII, Encíclica Pacem in terris, 75
[4] Benedicto XVI, 10.12.2008.
[5] Concilio Vaticano II, Constitución Gaudium et spes, parte 1, cap. 1, nrs. 12-22; Declaración Dignitotis humanae, Preámbulo, sobre la Libertad Religiosa.
[6] Benedicto XVI, Discurso a la Asamblea General de las Naciones Unidas, 18.4.2008.
[7] Concilio Vaticano II, Declaración Dignitatis humanae, 1.
[8] Benedicto XVI, Encíclica Deus caritas est, 28.
[9] Ib. Discurso de 4.2.2008.
[10] Visita a las Naciones Unidas, 18.4.2008.
[11] Discurso a la Embajadora de Canadá ante la Santa Sede, 30.10.2008.
[12] Juan Pablo II, Carta a las Familias, 2.21.1994, nº 2.
[13] Discurso en el XX aniversario de la Carta Apostólica Mulieris dignitatem, 9.2.2008.
[14] Ib.
[15] Discurso al 56° Congreso Nacional de los Juristas Italianos, 9.12.2006.
[16] Discurso a la Conferencia Episcopal Francesa, 14.9.2008.
[17] Discurso al Cuerpo Diplomático acreditado ante la Santa Sede, 9 1.2006.
[18] Discurso al Embajador de Argentina ante la Santa Sede, 5.12.2008.
[19] Discurso a la Embajadora de los Estados Unidos ante la Santa Sede, 27.2.2008.